RECONDUCCIÓN
Fecha | 31 Enero 2019 |
Número de registro | 379390 |
Fecha de publicación | 31 Enero 2019 |
Emisor | INDCOM S.C.A. |
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “INDCOM sociedad en comandita por acciones s/Reconducción” (Expte Nº 2865/18) CUIJ 21-05199294-3, Legajo N° 3361 en trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe se hace saber:
Que ha sido Reconducida la Sociedad INDCOM S.C.A. por el plazo de 20 años. Se han modificado el Estatuto el que queda redactado en forma definitiva de la siguiente manera: “Artículo Primero: Denominación. La sociedad se denomina INDCOM Sociedad en Comandita por Acciones, en abreviatura INDCOM S.C.A.; la cual es Continuadora de Sociedad de idéntico nombre por reconducción Artículo Segundo: Domicilio. Se fija domicilio y sede social en la ciudad de Santa Fe. Artículo Tercero: Objeto: Su objeto es realizar: 1) Todo tipo de operaciones de carácter inmobiliario, actos de administración y/o disposición ya se trate de compraventa de inmuebles, su fraccionamiento y loteos aun comprendidas en el régimen de propiedad horizontal referidas a inmuebles propios; 2) Financieras, mediante el aporte de capital a sociedades o particulares y otorgamiento de prestamos a particulares. No realizará operaciones comprendidas en la ley de entidades Financieras, ni aquellas que requieran recurrir al ahorro público. A tal fin tiene plena capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no le sean prohibidos por las leyes. Artículo Cuarto: Plazo: Su duración es de 20 (Veinte) años contados a partir de la inscripción de la presente reconducción. Artículo Quinto: Capital El capital social es de ochocientos once mil doscientos pesos ($ 811.200). El capital comanditario es de ochocientos once mil doscientos ($ 811.100) representado en ochenta y un mil ciento diez (81.110) acciones de valor nominal de diez pesos ($ 10) cada una y el capital comanditado es de cien pesos ($ 100) y esta representado por diez (10) cuotas partes de interés de valor nominal de diez pesos ($ 10) cada una. Artículo Sexto: Acciones. Las acciones en que se divide y representa el capital comanditario son nominativas no endosables. Artículo Séptimo: Transmisión de acciones. La transmisión de las acciones es libre, su transferencia surte efecto contra la sociedad y terceros desde su inscripción en el Libro de Registros de Acciones. Artículo Octavo: Aumento de capital: El capital comanditario podrá aumentarse al quíntuplo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 188 de la ley de Sociedades. Artículo Noveno Responsabilidad del socio comanditado...
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