'Reclamos legítimos y otros, chantajistas': fuerte condena a la violencia y las usurpaciones de tierras en la Patagonia

Incendio en el Club Andino Piltriquitrón

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- La necesidad de reglas jurídicas claras y de que exista una ley que estructure la propiedad comunitaria indígena son las principales ideas que se desprendieron hoy del 2° Foro Consenso Bariloche, que aborda los conflictos por tierras en la Patagonia.

Uno de los temas centrales durante la agenda de esta mañana en el Hotel Cacique Inacayal de esta ciudad fue la ley 26.160, aprobada en 2006 y prorrogada cuatro veces . La norma declaró la emergencia por cuatro años en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas, al tiempo que suspendió la ejecución de sentencias de desalojo, siempre que la posesión sea "actual, tradicional, pública y fehacientemente acreditada".

Asimismo, la ley 26.160 ordenó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) realizar el relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades . "Hace más de 15 años que venimos con la emergencia. En ese lapso, el avance que tuvimos en el relevamiento es de un 47%. En el último decreto se prorrogó la ley hasta noviembre de 2025. Ojalá se pueda cumplir en ese tiempo con lo que resta relevar, pero lo cierto es que todo esto produce controversias, incertidumbre y mayor conflicto", opinó en su exposición el abogado Ignacio Torino , del Estudio Marvall, O’Farrel & Mairal.

El 2° Foro Consenso Bariloche, con la consigna "por una Patagonia sustentable y en paz"

Torino analizó también la "letra chica" de la ley de emergencia y señaló que el concepto de ocupación tradicional ancestral es muy distinto al de posesión que establece el Código Civil: "Para las comunidades indígenas, los actos posesorios pueden ser realizar una ceremonia en un espacio determinado o la existencia de un cementerio. Y esa ocupación nunca se pierde. No importa que luego ese territorio haya sido ocupado, porque permanece en la memoria histórica. Además, prevalece sobre la propiedad privada. Sin embargo, la Constitución Nacional no establece una jerarquía de derechos".

En ese sentido, consideró que las continuas prórrogas de la ley 26.160 generan un laberinto jurídico y social . Asimismo, advirtió que existe un cambio en el escenario actual, al citar un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro de agosto de este año.

En él se afirma que "no se desconoce el derecho a la propiedad comunitaria de la comunidad mapuche Lof Follil en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR