Recepción en la comunidad jurídica internacional

AutorMaría Paulina Martínez
Páginas61-89

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1. Origen y antecedentes del principio precautorio Recepción en el derecho internacional ambiental

Por una cuestión metodológica, se aborda el origen y los antecedentes del principio de precaución en el tratamiento de la "Teoría de la implementación del principio precautorio", pues se considera que ello tiene que ver con la efectiva incorporación del principio precautorio en el ámbito del derecho internacional ambiental, a través de los diversos instrumentos que se mencionan a lo largo del desarrollo, lo que implica pasar del terreno de la enunciación al de la implementación.

El principio de precaución fue una de las más osadas innovaciones jurídicas del siglo XX70. El llamado principio de precaución o principio de acción precautoria se ha inspirado en los últimos años en la evolución del pensamiento científico, político y jurídico en materia ambiental71. Page 62

En efecto, durante largo tiempo, los instrumentos jurídicos internacionales se limitaban a enunciar que las medidas ambientales a adoptar debían basarse en planteamientos científicos, suponiendo que este tributo a la ciencia bastaba para asegurar la idoneidad de los resultados. Esta filosofía inspiró la mayoría de los convenios internacionales celebrados hasta el fin de la década de los ochenta, momento en el que el pensamiento en la materia comenzó a cambiar hacia una actitud más cautelosa y también más severa, que tuviera en cuenta las incertidumbres científicas y los daños a veces irreversibles que podrían derivar de actuaciones fundadas en premisas científicas que luego pudieran resultar erróneas72.

Jacqueline Morand Deviller, en su trabajo "Los 'grandes principios' del derecho del ambiente y del derecho del urbanismo" 73, asevera que estamos en presencia de un redescubrimiento, una presentación nueva del viejo precepto romano de la prudentia, principio ofrecido a todo hombre honesto dotado de memoria para inspirar las lecciones del pasado, de intelligentia para discernir lo esencial del presente, y de providentia para prever el futuro, principio que debe inspirar la conducta de los responsables políticos y de los jueces.

El documento de la Unesco ya referido74, al analizar el origen del principio precautorio, refiere al informe "Late lessons from early warnings" (Harremoés y otros, 2001), que menciona el ejemplo del Dr. John Snow, quien en 1854 recomendó retirar las manijas Page 63 de las bombas de agua en Londres para detener una epidemia de cólera. Las evidencias de la relación causal entre la propagación del cólera y el contacto con las bombas de agua eran débiles y de ninguna manera había una "prueba que no admitiera dudas razonables". Sin embargo, esa medida sencilla y relativamente poco onerosa, resultó sumamente eficaz para impedir el contagio. El informe menciona a continuación varios ejemplos, como el del amianto, en cuyo caso un criterio de precaución podría haber salvado muchas vidas si las alertas iniciales sobre sus posibles efectos nocivos -en ese momento no comprobados pero aún susceptibles de reducirse- se hubieran tomado más en serio.

Otros, por su parte, han expresado que el primer uso del principio precautorio apareció en la "Swedish Environmental Protection Act of 1969"75.

Sin embargo, la casi totalidad de la doctrina es coincidente en considerar que la primera expresión del principio precautorio76se origina en los años setenta, en Alemania, con el principio de Vorsorge, o previsión. En la base de las primeras concepciones de este principio estaba la creencia de que la sociedad debía esforzarse en evitar el daño ambiental mediante una cuidadosa planificación de las acciones futuras, paralizando el flujo de actividades potencialmente dañinas.

El Vorsorgeprinzip 77 se transformó, a comienzos de los años setenta, en un principio fundamental de la legislación ambiental Page 64 alemana (balanceado por los principios de viabilidad económica) y fue consagrado para justificar la implementación de políticas firmes contra la lluvia ácida, el calentamiento global y la contaminación del Mar del Norte.

En la misma década de los setenta, el principio de precaución se extendió luego al derecho internacional, delineándose el mismo en la Conferencia de Estocolmo de Medio Ambiente de 1972.

Desde esa época se ha producido un fortalecimiento del principio precautorio en los acuerdos políticos internacionales, en las convenciones acerca de preocupaciones medioambientales que afectan altos intereses y en las cuales la ciencia es incierta, y en las estrategias nacionales para el desarrollo sustentable. Es en ese entendimiento que la idea de precaución fue implícitamente enunciada en la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982 .78

En 1982, la Convención sobre Derecho del Mar previó, en su art. 206, la protección y preservación del medio marino, debiendo el Estado evaluar los efectos potenciales de actividades que podrían implicar una polución importante o modificaciones considerables.

Asimismo, dicho principio fue introducido en la Primera Conferencia Internacional sobre Protección del Mar del Norte en 1984; y en 1985 se adoptó en Viena, en la Conferencia internacional para la Protección de la Capa de Ozono,79 en una convención Page 65 marco (a la que adhirió la República Argentina mediante Ley Nº 23.724). Posteriormente, en 1987, con el Protocolo de Montreal80 relativo a las sustancias que afectan la capa de ozono, se plasmó una fórmula general relativa a las medidas de precaución. En el mismo año, en la Segunda Conferencia Internacional relativa al Mar del Norte, se adoptó una declaración que reconocía la necesidad de plasmar el principio de precaución81.

El principio precautorio también estuvo presente en la Conferencia del Consejo Nórdico82 y además recibió acogida favorable en:

- La Ley Canadiense de Protección del Medio Ambiente;

- La Recomendación de PARCOM 89/1, del 22 de junio de 198983; Page 66

- La Declaración de la Tercera Conferencia del Mar del Norte (1990)84;

- La Declaración de Bergen sobre Desarrollo Sustentable, adoptada por los Ministros de los treinta y cuatro países pertenecientes a la Comisión Económica para Europa de la ONU y por la Comunidad Europea, el 16 de mayo de 199085;

- La Segunda Conferencia sobre el Clima Mundial86;

- La Convención de Bamako de 1991, relativa a la prohibición de importar desechos peligrosos y a controlar los movimientos transfronterizos de los mismos en África87;

- La Convención de Helsinki sobre Protección y Utilización de los Cursos de Agua Transfronterizos y de Lagos Internacionales (Helsinki, 1992)88;

- La Recomendación del Consejo de la OECD, acompañada por la Guía, que es una parte integral de la Recomendación89;

- El Convenio OSPAR de 1992 sobre protección del medio marino en el Atlántico Nordeste;

- El texto de la UNCED sobre protección de los océanos90.

Sin embargo, una de las mayores expresiones a nivel internacional del principio precautorio es la "Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y Desarrollo", surgida de la Conferencia de las Naciones Unidas reunida en Río de Janeiro (3 al 14 de junio de 1992), de la cual formó parte nuestro país. Dicha conferencia consagró una serie de principios fundamentales para el desarrollo sostenible y contempló explícitamente el principio precautorio en estos términos: Page 67

"Principio 15. Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de una certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente."91

Desde entonces, el principio de precaución ha sido aplicado en diversos instrumentos de protección del medio ambiente92, tales como: Page 68

- La Agenda 21 (en el capítulo referido a la protección de los océanos).

- La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Nueva York, 1992), aprobada por nuestro país por Ley Nº 24.295 (publicada en el Boletín Oficial el 11 de enero de 1994), en cuyo texto se consagra el principio precautorio a través del art. 3.393.

- La Convención sobre la Diversidad Biológica (junio de 1992), aprobada por nuestro país por Ley Nº 24.375 (publicada en el Boletín Oficial el 6 de octubre de 1994)94. En el Preámbulo de dicho documento las partes contratantes observan que es vital prever, prevenir y atacar en su fuente las causas de reducción o pérdida de la diversidad biológica. Asimismo, postula que, "cuando exista una amenaza de reducción o pérdida sustancial de la diversidad biológica, no debe alegarse la falta de pruebas científicas inequívocas como razón para aplazar las medidas encaminadas a evitar o reducir al mínimo esa amenaza".

- De acuerdo con lo establecido en el art. 19 de la Convención sobre la Diversidad Biológica, la Conferencia de Partes designó un Grupo Especial para elaborar un Protocolo de Bioseguridad. Luego de varios años de debate, se redactó el "Protocolo sobre Bioseguridad de Cartagena", aprobado el 29 de enero de 2000 en Montreal. Page 69

Este Protocolo introduce en forma expresa el principio de precaución en...

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