Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 17 de Noviembre de 2016, expediente CNT 039080/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT.DEF. EXPTE.Nº 39080/2013 (38795)

JUZGADO Nº 9 SALA X AUTOS: “READ DANIEL LEONARDO C/ CONSULTORA VIDECO S.A S/

DESPIDO”.

Buenos Aires, 17 de noviembre de 2016.-

El D.E.R.B., dijo:

La Sra. Juez “a quo”, luego de evaluar las constancias probatorias obrantes en la causa, concluyó que los incumplimientos e irregularidades invocados por el trabajador –

consignar una categoría inferior a la que realmente efectuaba, falta de pago de horas extras y negativa de tareas -, no resultaron acreditados, por lo que el despido indirecto en el que se colocó el mismo no se ajustó a derecho. Por tal motivo rechazó las indemnizaciones reclamadas en el inicio (arts. 231, 232, 233, 245 y 132 bis de la LCT), e hizo lugar únicamente a los rubros salariales adeudos (sac proporcional 2do semestre 2012, vacaciones proporcionales 2012 más sac y art. 45 ley 25.345).

Contra tal decisión recurre el accionante a tenor del memorial obrante a fs.

282/285, con réplica de la demandada a fs. 296/299.

Por su parte, el Sr. P. contador apela sus honorarios por considerarlos reducidos (fs. 281), mientras que el reclamante los cuestiona por elevados junto a los del letrado de la demandada (fs. 284 vta.)

Se queja el accionante, en síntesis, porque entiende que la conclusión a la que arribó la “sub judice” es el resultado de errores de razonamiento y valoración en la prueba, ya que entiende que resultó debidamente acreditado el deficiente registro de su categoría y la negativa de tareas.

Coincido con la “a quo” en cuanto no surge de las constancias de autos prueba alguna que acredite las injurias denunciadas en el inicio y que sirvieron al actor como fundamento de su reclamo en las presentes actuaciones.

En primer lugar, no es motivo de controversia que las causales expuesta por el actor para considerarse despedido -y sobre la que versan sus cuestionamientos en esta alzada- fueron: la negativa de tareas y el deficiente registro de la categoría laboral, pues el Fecha de firma: 17/11/2016 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20093162#167137644#20161117142041671 trabajador denunció que se encontraba categorizado como “vigilador general”, cuando en realidad efectuaba labores de “vigilador principal” (según constancia telegráfica de fs. 33).

Sentado ello, si bien el accionante denuncia en el inicio una supuesta...

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