Sentencia de Sala II, 23 de Septiembre de 2013, expediente 33.454

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Sala II – Causa n° 33.454 “R.R., O. y otros s/

procesamiento”.

J.. Fed. n° 9 – S.. n° 17.

E.. n° 11.999/2009/1.

R.. n° 36.667

Buenos Aires, 23 de septiembre de 2013.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Este legajo arriba a estudio del Tribunal en virtud de los USO OFICIAL

recursos de apelación deducidos por las defensas de M.L.G., F.A. y O.A.R.R., contra el auto que en copias luce a fs. 1/20, que dispuso el procesamiento de los nombrados en orden al delito de violación de secretos (art. 157 del Código Penal).

II- El expediente se originó en la presentación efectuada el 10 de septiembre de 2009 por el querellante F. de N., con el patrocinio letrado de A.C. (fs. 1/6 del ppal., al que nos referiremos en lo sucesivo), donde denunció a O.R.R. -para entonces J. de la División Fiscalización Externa III de la Dirección de Fiscalización General de Grandes Contribuyentes Nacionales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)-, F.A. y M.L.G. -Inspector y Supervisora del Equipo “C” del Departamento de Investigación de la Dirección de Fiscalización de Grandes Contribuyentes Nacionales, respectivamente-.

Concretamente, aludió a la presunta violación de secretos (art. 157

del Código Penal) en que habrían incurrido los nombrados –sin perjuicio de otros responsables-, al dar difusión a datos fiscales del damnificado, cuya reserva estaba fijada por Ley 11.683 (art. 101).

Estas infracciones al mencionado deber se habrían conocido a partir de la publicación en el diario “Página/12”, con fecha 17 de mayo de 2009, de dos artículos periodísticos titulados “Los Especialistas” y “Grupo de Familia”, conteniendo determinada información que guardaba correspondencia con la que fuera elaborada y aportada el 28 de mayo de 2009 por G. y Aparicio -en representación del organismo recaudador- en el marco de la causa n° 18.098 del registro del Juzgado Federal n° 1 de Mar del Plata (en especial, se trató de una planilla formato “Excel” y un gráfico referidos a empresas donde de N. tenía participación accionaria).

Refirió también el particular damnificado que, en una nota posterior del mismo matutino titulada “Operaciones Sospechosas” -del 7 de junio 2009-, fueron utilizados datos extraídos de otro informe agregado al expediente de mención desde el 28 de mayo, que fuera suscripto por R.R..

Luego, en el escrito incorporado a fs. 273/9, puso de resalto (bajo el título “hecho nuevo”) diferentes extremos –errores ortográficos comunes entre lo publicado por el diario y lo diagramado en la AFIP, por ejemplo- que aventarían cualquier debate sobre la identidad alegada.

Por otra parte, el querellante amplió su denuncia a fs. 170/185,

alegando la comisión de diferentes delitos en su perjuicio (incumplimiento de deberes de funcionario público, abuso de autoridad, violación de secretos, tráfico de influencias y falsa denuncia), que según su hipótesis habrían ejecutado entre otros R.E. (titular de la AFIP), F.V. (Subdirector de Planificación de AFIP), J.E.G., F.C. (denunciante y patrocinante en el expediente 18.098 del Juzgado Federal n° 1 de Mar del Plata), el abogado Cesar Sivo y quienes declararon en contra de de N., con su identidad reservada, en la causa n°

8483 del Juzgado Federal de...

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