Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 4 de Julio de 2016, expediente CSS 009482/2004/CA001
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2016 |
Emisor | Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2 |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº9482/2004 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos RAMOS M.D.L. c/ CAJA RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES POLICIA FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG, se procede a votar en el siguiente orden:
EL DOCTOR L.R.H. DIJO:
La parte actora -personal retirado y/o pensionista de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE)- pretende el pago del suplemento instituido por el Decreto 4.639/73 (Trabajos extraordinarios art 108-inc h) y los suplementos por “inestabilidad de residencia” y “asignación mensual no remunerativa”.
La sentencia hace lugar a la demanda, y en consecuencia condena a la demandada a abonar al actor el adicional por “Trabajos extraordinarios” y los suplementos por “inestabilidad de residencia” y “asignación mensual no remunerativa”.
El demandado se alza contra dicho pronunciamiento.
Sostiene que el "a quo" no ha valorado correctamente los supuestos de hecho y el derecho que conforman la situación jurídica planteada en autos. Se agravia, también, de la condena en costas y de los honorarios.
Cabe señalar liminarmente que en atención que el recurso de apelación interpuesto por la co-
demandada Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la PFA a fs. 353/354, no ha sido fundado dentro del plazo previsto por el art. 259 del Código de forma, él mismo ha sido declarado desierto a fs.
371.
Ahora bien, en orden al suplemento por Trabajos Extraordinarios , sin perjuicio de la postura que sostuvo la Sala en autos ""S.L.M. y Otros c/Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal-M° del Interior s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de SEG", sentencia.n° 89126 del 10-6-2002, expte.n° 14.550/1999, entre muchos otros, no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un caso análogo al de autos, caratulado "M.O.L. y otros c/Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal-M° del Interior s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de SEG" (sentencia del 19/08/04 T.327, F.3226) sentó un criterio contrario señalando que : " Para que el suplemento deba ser tomado en cuenta para calcular el haber jubilatorio, se requiere, por un lado, que la norma de creación lo haya otorgado a todo el...
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