RAMALLO CASTRO, OMAR S/ ENCUBRIMIENTO

Fecha de disposición23 Enero 2012
Fecha de publicación23 Enero 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nro. 2 con asiento en Morón, provincia de Buenos Aires, sito en la calle Crisólogo Larralde nro. 673, 2do. Piso de esta ciudad, siento su titular el Dr. Jorge Ernesto Rodríguez, ante la Secretaría nro. 5 a cargo de la suscripta, cita y emplaza a Omar Ramallo Castro, a fin que comparezca ante estos estrados a prestar declaración indagatoria (artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación), en orden al delito previsto y reprimido en el artículo 277 1 “c” y 3 “b” del Código Penal, según ley 25.815, dentro del tercer día de su publicación, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, de ser declarado rebelde y ordenarse su inmediata captura en la causa nro. 4750 caratulada “Ramallo Castro, Omar s/encubrimiento” que tramita por ante este tribunal. Como recaudo y a continuación se transcribe el auto que así lo ordena: “//rón, 10 de enero de 2012.- I.- Por recibido, agréguese el informe remitido por la Excma. Cámara Nacional Electoral y tiénese presente.-II.- En virtud de lo peticionado por el Sr. Agente Fiscal a fs. 41, acápite IV punto B, y en razón de la totalidad de los elementos probatorios arrimados al presente sumario a saber: acta de procedimiento glosado a fs. 1/2, croquis ilustrativo del lugar –fs. 3–, informe pericial preliminar nro. 926 llevado a cabo sobre el motovehículo incautado –fs. 5–, el testimonio del Gendarme Ester del Valle Beltran –fs. 6–, la deposición del testigo de actuación Jorge Antonio Martínez –fs 7–, la consulta sobre pedido de secuestro del dominio 599EMW glosado a fs. 12, testimonio de la denuncia efectuada por Jesús Marino Ninahuanca Córdoba que da cuenta de la sustracción del motovehículo marca Honda Modelo SDH 125-46 Storm, dominio 599-EMW, nro. de motor SDH157FMIC83413372, número de cuadro 8CHPCJF809L001463 –v. fs. 31/32–, lo resuelto por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 12, Secretaría nro. 137 todo lo cual luce incorporado a fs. 36/38, los testimonios prestados en sede judicial por el Alferes Diego Martín Cabana –fs. 54–, Gendarme Ester del Valle Beltrán –fs. 55– y el testigo de actuación Jorge Antonio Martínez –fs. 56–, considero que existe mérito suficiente para sospechar que Omar Ramallo Castro, ha recibido con fecha incierta, entre el 17 de junio de 2010 y el 18 de junio del año 2011, con ánimo de lucro y a sabiendas de su procedencia ilícita, el motovehículo marca Honda, modelo Storm color gris, sin dominio colocado, la cual poseía...

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