RAICES VIEJAS S.C.A.

Fecha de disposición09 Junio 2015
Fecha de publicación09 Junio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33146

RAICES VIEJAS S.C.A.

Por escritura Nº 82 Folio 275 del 22/05/2015, Registro 331 Ciudad Autonoma de Buenos Aires., se elevo a escritura pública a) El Acta de Asamblea General Extraordinaria numero 19 de fecha 2 de agosto de 1980, por la cual se aprueba la cesión del capital comanditado, dando así cumplimiento con los normado por los artículos 244 y 323 del la ley 19.550, y b) El Acta de Asamblea numero 69 de fecha 2 de marzo de 2015, por la cual los actuales socios ratifican la cesión del capital comanditado, se cambia la sede social y se reforman los artículos tercero, noveno y décimo del estatuto social a) Ratificación de la cesión del capital comanditado a favor de don Alberto Julio Hardoy. b) La reforma del articulo tercero del estatuto social, el que queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, actualmente en la calle Arenales 1661, piso 6º departamento “B” de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales en el interior del país y en el extranjero”.- c) La reforma del articulo noveno del estatuto social, el que queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO NOVENO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del socio comanditado y/o de un tercero designado.- Ejercerán dicha función durante toda la vigencia de la sociedad. La asamblea puede elegir igual o menor número de suplentes, con igual duración, a fin de suplir las vacancias.- El suplente reemplazará al administrador en caso de ausencia, licencia, enfermedad o fallecimiento. El uso de la firma social está a cargo del socio administrador y en caso de pluralidad de administradores, la firma será indistinta”; y d) La reforma del articulo décimo del estatuto social, el que queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO DÉCIMO: El socio comanditado o el tercero designado administrador tiene amplias facultades de administración y disposición incluso de las que requieren poderes especiales a tenor del articulo...

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