Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala C, 4 de Noviembre de 2010, expediente 6.514

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2010
EmisorSala C

Cámara Nacional de Casación Penal 2010 - Año del B. °

Causa n° 6514

ARaffaelli, J. y otro s/regulación de honorarios@.

S.I.. - C.N.C.P.

Registro n°1702/10

Buenos Aires, 4 de noviembre de 2010.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que los doctores O.L.V., M.A.R. y M.V.O., solicitan que se regulen sus honorarios profesionales por su actuación en el recurso de casación interpuesto por la querella.

Que según surge de la lectura de las actuaciones, atento a que en la instancia anterior no se han regulado los honorarios de O.L.V. y de M.V.O. (art. 534 del C.P.P.N. y art. 14 de la ley 21.839 y sus modificatorias según ley 24.432), deberá diferirse el pronunciamiento que se pretende hasta tanto se dé cumplimiento a lo señalado.

Por otra parte, en tanto el doctor M.A.R. no ha aportado el bono previsto en el artículo 51 inciso Ad@ de la ley 23.187, ha de diferirse la regulación de sus honorarios hasta el cumplimiento de este recaudo.

Por ello, se

RESUELVE:

SUSPENDER este trámite hasta que se satisfagan los requisitos indicados.

R., hágase saber y cúmplase con la remisión dispuesta a 1294

vta. Sirva la presente de atenta nota de envío.

Fdo: A.E.L., L.E.C. y W.G.M.. Ante mi:

W.D.M., P. de Cámara

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