Raf L Sudamerica S.R.L. S/ Quiebra

Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2010

SA s/Quiebra', expediente Nº 086929, con fecha 2-12-2009 se ha declarado la quiebra de Refrigeración Indumet SA CUIT 30-53619460-2, que el síndico es el Cdor. Gustavo Ariel Fiszman, con domicilio en la calle Emilio Mitre 435 6º 'H' Capital Federal, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 25-06-2010. El día 09-08-2010, el síndico deberá presentar el informe individual (art. 35 LCQ) y el día 20-09-2010 el informe general (art. 39 LCQ). Se intima a la fallida para que dentro de las 24 hs. cumpla con los recaudos establecidos en el art. 86 de la ley 24.522 y entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Se prohíben hacer pagos y entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. constituyan domicilio procesal en el radio del Tribunal bajo apercibimiento de tenérselos por constituidos en los estrados del Juzgado. Se intima a la fallida y terceros a fin de que entreguen al síndico todos los bienes de la deudora que se encontraren en su poder.

Buenos Aires, 19 de febrero de 2010.

Jorge Médici, secretario.

e. 01/03/2010 Nº 18478/10 v. 05/03/2010 N° 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.I. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra.

Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 16 de febrero de 2010, en los autos caratulados 'Dasso Eduardo Roberto del Corazón de Jesús s/Quiebra', se resolvió decretar la quiebra de Dasso Eduardo Roberto del Corazón de Jesus (D.N.I. 10.202.980) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 05/05/10 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos.

Se fijan las fechas de 17/06/10 y el 13/08/10 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C.

respectivamente, pudiendo ser observado, el último, dentro de los 10 días de presentados art.

40 L.C. El síndico designado es el contador Moisés Gorelik con domicilio en Lavalle 1675 Piso 12 Depto. 9 y 10 al cual deberán concurrir los acreedores a verificar sus créditos. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 24 de febrero de 2010.

Karin Martín de Ferrario, secretaria.

e. 03/03/2010 Nº 19428/10 v. 09/03/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.

  1. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra. Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 16 de febrero de 2010, en los autos caratulados 'Magaexport S.R.L. s/Quiebra', se resolvió decretar la quiebra de Magaexport SRL. (CUIT 30-64806350-0) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 05/05/10 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos.

    Se fijan las fechas de 17/06/10 y el 13/08/10 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser observado, el último, dentro de los 10 días de presentados art. 40 L.C. El síndico designado es el contador Aníbal Diego Carrillo con domicilio en Juncal 615

    Piso 10º Depto. 'G' al cual deberán concurrir los acreedores a verificar sus créditos. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).

    Buenos Aires, 24 de febrero de 2010.

    Karin Martín de Ferrario, secretaria.

    e. 03/03/2010 Nº 19353/10 v. 09/03/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.I. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra.

    Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 17 de febrero de 2010, en los autos caratulados 'Puerta Mariano Ruben s/Propia Quiebra', se resolvió decretar la quiebra de Puerta Mariano Rubén (C.U.I.T. 20-26797263-0) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces.

    Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas...

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