Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 21 de Julio de 2020, expediente FLP 085164/2017/CA002

Fecha de Resolución21 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 21 de julio de 2020.-

Y VISTOS: Este expediente expediente N° FLP 85164/2017/CA2,

caratulado: “R., P. E. c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) s/ amparo” proveniente del Juzgado Federal de Quilmes.

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La señora P.E.R. inició la presente Acción de A. en los términos de los artículos 14, 16, 18, 28, 31, 33 , 42 y 43 de la Constitución Nacional y Artículo 25 inciso 1 y 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, normativa concordante, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso, contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados –INSSJP- (PAMI) a fin que autorice una intervención quirúrgica en el Hospital El Cruce (fs. 30/38 y vta.).

    Aclaró que se trataba de una doble intervención quirúrgica, consistente en nefroctomía radical izquierda más colectomia izquierda, por diagnóstico de pólipo de cáncer de colon izquierdo y formación renal sólida en riñón izquierdo. Por otro lado, precisó que se había programado para el día 14 de noviembre de 2017, en el Hospital El Cruce citado, que es de alta complejidad, y que iba a ser realizada por los Dres. P.J. (M.P. 226016)

    –cirujano- y por C.B.(. 223918) –especialista en Urología-,

    ambos integrantes del cuerpo médico de esa Institución y que trataban su afección.

    C., peticionó que la demandada hiciera entrega del material quirúrgico solicitado por los especialistas, a saber: sutura mecánica.

    Y que asimismo, autoricen hasta la finalización del tratamiento, cualquier otra intervención y/o medicación que sea solicitada por los profesionales que la atendían, tendiente a tratar la afección en cuestión.

    Relató que era afiliada a PAMI bajo el N° 150450011003 GP:00-, y que a raíz de dolencias que padecía concurrió al médico gastroenterólogo Dr.

    I.M. quien le indicó una video colonoscopía diagnóstica en el Hospital El Cruce, realizada el día 18/7/2017. El resultado de ese estudio arrojó una lesión pediculada de 15 mm aproximadamente, Pólipo pediculado de colon izquierdo y ostium diverticulares en colon izquierdo, polipectomia Fecha de firma: 21/07/2020

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    diverticulosis colonica veda. Seguidamente, el Dr. Málaga le diagnostica tumor de comportamiento incierto o desconocido de colon y solicita la realización de una tomografía computada de abdomen y pelvis que es practicada en el Hospital El Cruce con fecha 02/09/2017.

    Sostuvo que con posterioridad, el día 22/09/2017 fue atendida por el...

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