Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional , 14 de Junio de 2010, expediente 39.427

Fecha de Resolución14 de Junio de 2010

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 39.427 “R., R. y otros s/ nulidad – archivo - costas”

Interlocutoria Sala 6ª

Juzgado de Instrucción N° 42.-

n la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de junio de 2010, se reúnen los integrantes de esta S.V. y la Secretaria autorizante, para tratar el recurso de apelación interpuesto por el querellante a fs. 357/362 contra los puntos I, II, III y IV del auto de fs. 347/351 mediante los que se declaró

la nulidad del decreto de fs. 20, que ordenó incorporar la documentación allí

certificada, de todo lo actuado en consecuencia y el sobreseimiento de R.

R., A.M. y O.E.I.. También el articulado por esa parte a fs. 381 contra el decreto de fs. 364 que impuso las costas procesales a la parte vencida.-

AUTOS:

En la audiencia el recurrente fundamentó sus agravios y las defensas le dieron respuesta, razón por la cual, tras la deliberación de rigor, estamos en condiciones de expedirnos.-

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Del hecho.-

    H.S.H. manifestó que “I.” es una empresa dedicada a brindar servicios de consultaría informática y licenciar software para la op-

    timización de procesos, e implementación de mejores prácticas en los sis-

    temas de sus clientes, para reducir costos y aumentar la capacidad operati-

    va, precisando que sus empleados al ingresar suscriben un convenio de con-

    fidencialidad tendiente a preservar la información que allí se maneja. En ese contexto, a mediados del año 2003, el presidente de la firma contrató en re-

    lación de dependencia y como gerentes de consultoría a R., M. eI..-

    En el mes de octubre de 2007, R. requirió a un emplea-

    do un back up de la computadora portátil provista por su empleadora ya que necesitaba resguardar su contenido y para la misma época M. solicitó igual recaudo de seguridad.-

    La política de la empresa en estos casos, según el ac-

    cionante, consistía en guardar también otra copia con ese material en su servidor. Al efectuar tal procedimiento advirtieron que tanto M. como R.

    tenían en sus computadoras documentos que describían acciones y tácticas para captar proyectos en curso de ejecución por “I.” y presentarlos como propios a través de la empresa conformada por ellos denominada “

  2. & A.

    S.R.L.”. También tenían previsto transferir a los empleados de “I.” que tu-

    vieran práctica y vinculación con esos desarrollos comerciales .-

    1. refiere que el objeto social de

  3. & A. S.R.L. es idén-

    tico al de “I.” y que la actividad de los imputados surge de los mails que entre ellos se enviaran. Además, que cuatro empleados de “I.” renunciaron y comenzaron a prestar servicio para

  4. & A. S.R.L. lo que demuestra como se concretó la maniobra descripta.-

  5. De la nulidad y de los sobreseimientos.-

    En la audiencia, el acusador privado aclaró que no se tomó conocimiento de los hechos investigados inspeccionando el servidor de “I.”, sino cuando sus empleados, en los primeros días de octubre de 2007, manifestaron que los imputados les habían ofrecido trabajo en otra firma que sería justamente “

  6. & A. S.R.L.”, de cuya existencia se enteraron mediante la publicación en ese mes de sus estatutos en el Boletín Oficial,

    advirtiendo que sus fundadores eran casualmente dos gerentes de “I.”.-

    A raíz de ello el 5 de noviembre de aquel año se labró

    un acta notarial para justificar el despido con causa de R. y M.. En ella se dejó asentado, con el objeto de iniciar un sumario interno, la afirmación del Director de la compañía, E.L.L., de que le habían efectuado una “oferta”

    laboral.-

    Ante esa novedad examinaron el servidor de “I.” en el cual encontraron los archivos de texto. Por tal razón, a su criterio, no se vio-

    ló la intimidad de los imputados.-

    En torno al argumento del magistrado instructor en cuanto a que los imputados habían sido engañados, insiste en que no fue así

    Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 39.427 “R., R. y otros s/ nulidad – archivo - costas”

    Interlocutoria Sala 6ª

    Juzgado de Instrucción N° 42.-

    ya que a los empleados, la compañía le proporciona una laptop para sus ta-

    reas en ella y, cuando lo creen necesario, solicitan un backup de la informa-

    ción allí contenida. Entiende que al tratarse de una cuestión de rutina, la co-

    pia de seguridad solicitada por R. y M. fue discrecional ya que si hubieran querido hacerlo en forma “particular”, por poseer almacenados datos perso-

    nales, lo hubieran hecho por sus propios medios.-

    En relación a la imposibilidad de cotejar la información contenida en las computadoras asignadas a los imputados con la resguarda-

    da en las terminales de “I.”, por no contar con aquéllas como se sostiene en la resolución impugnada, afirma que eso no es así pues esas unidades ac-

    tualmente están reservadas donde tramitan las causas laborales iniciadas por los querellados.-

    Fue terminante el letrado al señalar que existe un curso independiente de investigación, pues los archivos almacenados en el servi-

    dor de su compañía no son los únicos elementos que darían cuenta del frau-

    de denunciado ya que en aquel expediente surge que:

    1. los nombrados aportaron allí como prueba documen-

      tal justamente uno de los archivos en cuestión;

    2. la declaración del Gerente Tecnológico de la firma,

      E.R.C., quien sostiene que los imputados le solicitaron el backup de sus computadoras en virtud de lo cual se traspasaron todos los archivos de texto al Servidor de la empresa.-

  7. & A.” es empleadora de los recursos humanos que antes eran utilizados por la firma del querellante y los clientes que “captó”de I..-

    Concretamente, el acusador privado encuadra la con-

    ducta descripta en los delitos de concurrencia desleal, estafa, defraudación por administración fraudulenta y violación de secretos.-

    Aclaró en la audiencia que se “sube” al servidor de la empresa toda la información, que “se hace copia de todo”, no pudiendo pre-

    cisar si con anterioridad al pedido de backup de los imputados existía ya almacenado allí algún dato cuestionable. Además refirió no saber cuántas laptops eran entregadas al personal de la compañía, como así tampoco,

    cuántos backups se realizaron.-

    En relación al procedimiento de copiado, indicó que la laptop era una...

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