Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 16 de Agosto de 2022, expediente CIV 091249/2019/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Agosto de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala F |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F
91249/2019
R, M A Y OTROS c/ M F, D s/ALIMENTOS
Buenos Aires, de agosto de 2022.- M
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos autos para resolver los recursos de apelación interpuestos por las
partes contra el pronunciamiento del día 10 de diciembre de 2021 por medio del
cual se fijó en la suma de $55.000 la cuota alimentaria a favor de los tres hijos,
actualizables cada tres meses según los índices del INDEC, retroactivo a la
mediación, con más el pago de la medicina prepaga OSDE 310. El memorial de la
actora se agregó el día 4 de febrero de 2022, y el del demandado el día 7 de
febrero de 2022, que fue contestado el día 14 de febrero de 2022. La Sra.
Defensora de Menores de Cámara se expidió el día 28 de abril de 2022 a favor de
los agravios de la actora.
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La actora solicitó que se fije en $55.000 ajustables cada tres meses el
monto de la cuota en concepto de alimentos a cargo del padre y favor de sus tres
hijos de actualmente 18, 12 y 6 años de edad. Ello en virtud del detalle de gastos
mensuales que practicó en $65.000 en agosto de 2019 y debido a que el padre solo
pagaba los colegios y la obra social de los hijos, lo que le resultaba insuficiente.
Expuso que ella estudió magisterio pero no realizó las prácticas que le
habilitan el título. Que él trabaja en una empresa de Turismo y que desde el
nacimiento de los hijos ha sido el único sostén económico de la familia y que ella
aportó la vivienda. Recibe ayuda de su padre. Explicó que el alimentante obtiene
un sueldo en blanco y pagos extras con los que cubría los gastos. Estimó sus
ingresos por ese entonces en $140.000 mensuales.
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contestar, el demandado manifestó que vive en un departamento
alquilado con su actual pareja compartiendo los gastos. Que paga la prenda de la
camioneta Chery Tiggo. Dijo que desde febrero de 2019 trabaja en S SRL con un
sueldo de $30.023, que paga los colegios y que cubrió la fiesta de quince años de
su hija mayor. En cuanto a la actora realizaba trabajos temporarios en el hotel
familiar en Mar de Ajó.
Fecha de firma: 16/08/2022
Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA
El 27/2/2020 se fijaron alimentos provisorios en $24.000 mensuales con
más la cobertura de OSDE Plan 310, modificados el 17/12/20 a $29.000 y la
medicina prepaga señalada.
El 10 de diciembre de 2021 se dictó sentencia en los términos ya
expuestos.
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Se agravian ambas partes por el monto establecido en concepto de
cuota alimentaria, la actora por considerarlo insuficiente y el demandado, por
considerar de imposible cumplimiento la retroactividad establecida.
La actora considera que resulta reducida la cuota en dinero puesto que el
monto pretendido en la demanda quedó desactualizado a lo largo de los 36 meses
de transcurso del proceso. Calculó que el monto reclamado de $55.000 en
diciembre de 2018 alcanza la suma de $118.250 solo actualizado según el INDEC.
Y que los alimentos provisorios no alcanzaron a cubrir los...
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