Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 23 de Diciembre de 2016, expediente FLP 032037862/2013/13/RH003

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 FLP 32037862/2013/13/RH3 C.C.C.F. Sala Segunda CFP 32037862/2013/13/RH3 “E., R.J. s/queja por apelación denegada”

Juzgado 7 Secretaría 13 Buenos Aires, 23 de diciembre de 2016.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

La defensa de R.J.E. ha recurrido a la vía de hecho en procura de la concesión del recurso de apelación que interpuso contra el auto agregado en copias a fs. 2.

  1. La objeción se dirige, entonces, contra el decreto del Juez que requirió a la Afip, querellante en estas actuaciones y en la conexa n° 3017/2013, la elaboración de una única hipótesis fáctica en relación al origen de los fondos utilizados para la adquisición de la estancia E.C. por parte de J.L.F. y respecto a la existencia real o simulada del negocio jurídico de compraventa celebrado entre el mencionado y R.J.E.

    con el fin de clarificar las distintas posturas sostenidas por el organismo en esos procesos y evitar, así, posturas contradictorias.

  2. La regla del artículo 199 del Código de forma descarta la posibilidad de apelar una medida del J. en el marco de la instrucción pues, de lo contrario, se tornaría inviable cualquier tipo de investigación penal (v. causa nº 27.184 "D., F. y otra s/rec. de queja", rta. 27.11.08, reg. nº 29.233), sin que de lo efectivamente dispuesto –incluso una vez respondido por el Querellante (fs. 2095/6 y 2099/2100)-

    se advierta que genere agravio actual y concreto a quien pretende recurrir.

    El principio resulta aplicable a lo dispuesto en la decisión que pretende cuestionarse en tanto ella tiende a que quien se presentó como acusador particular precise los términos de su pretensión en la causa.

  3. No obstante lo expresado, debe recordarse al Instructor que encontrándose a cargo de la investigación de este tramo de los hechos (relacionados con las sucesivas adquisiciones de ese inmueble rural), luego que la acción penal quedó debidamente impulsada en sendos procesos, y no habiendo delegado oportunamente ese Fecha de firma: 23/12/2016 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA...

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