R. A. A. Y OTRO c/ SARGENTO CABRAL S.A.T. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Número de expediente | CIV 025733/2013/CA001 |
Fecha | 04 Septiembre 2019 |
Número de registro | 243214903 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E E
X. 25733/13 “R. A. A. Y OTRO C SARGENTO CABRAL S.A.T. Y OTROS S/
DAÑOS Y PERJUICIOS” (J. 32).
Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a días del mes de septiembre de dos mil diecinueve reunidos en acuerdo los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil S. "E" para conocer en el recurso interpuesto en los autos caratulados:
R. A. A. Y OTRO C SARGENTO CABRAL S.A.T. Y OTROS S/
DAÑOS Y PERJUICIOS
, respecto de la sentencia corriente a fs. 387/389 el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿La sentencia apelada es arreglada a derecho?
Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: S.. Jueces de Cámara Dres. DUPUIS. RACIMO. GALMARINI.
El Señor Juez de Cámara Doctor DUPUIS dijo:
I.- La sentencia de fs. 387/389 rechazó la demanda promovida por S.E.R. y Á. A.R. contra S.C.S. y la aseguradora citada en garantía, Metropol Sociedad de Seguros Mutuos por los daños que habrían sufrido como consecuencia del accidente de tránsito habido el 10 de diciembre de 2010 en la intersección de las calles A. y R. de J.C.P., Provincia de Buenos Aires.
La actora afirmó que el vehículo Volkswagen Gol que conducía y de propiedad de R. fue embestido por el colectivo interno 42 de la línea 182 de la empresa demandada, conducido por A.S.D., causándole los daños en virtud de los cuales aquí acciona. Su contraparte asevera que, por el contrario, el vehículo embistente fue el de la actora.
En la denuncia de siniestro que acompañó con la demanda afirmó que “CIRCULANDO POR ARENALES, EL COLECTIVO QUE VENÍA POR RIVADAVIA ME CHOCA EN LA TROMPA DE MI VEHÍCULO HACIÉNDOME GIRAR QUEDANDO EN SENTIDO HACIA Fecha de firma: 04/09/2019 Alta en sistema: 09/09/2019 Firmado por: J.C.G.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA #14335419#243214903#20190903092726295 RIVADAVIA.” (fs. 15/16). En las fotografías que acompañó, reconocidas por su contraparte, se observan los daños del vehículo “Gol”, que se localizan en su parte frontal (fs. 13/ vta.).
Dos testigos afirmaron haber presenciado el evento. M.A.M., quien afirma haberse encontrado en el colectivo en la línea de asientos de uno en el último asiento. Dijo que “iba muy acelerado y chocó a un auto y se dio cuenta a la media cuadra…Se ve que no se dio cuenta que se llevó el auto por delante…”. Esta testigo afirma que “El gol venía por la misma calle del...
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