Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Junio de 2012, expediente Rc 116641

PresidenteNegri-Hitters-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución27 de Junio de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 116.641"R., A.A. contraS., A.. Filiación".

//Plata, 27 de junio de 2012.

AUTOS Y VISTO:

  1. La señoraA.A.R. , en representación de su hijaL.M.R. , promovió, ante el Tribunal de Familia n° 2 del Departamento Judicial de General San Martín, acción de filiación post mortem contraM.A.S. madre de quien en vida fuera su pareja,L.F.R. , alegado padre de la niña.

    Relató que fue concubina de este último hasta su fallecimiento -producido como consecuencia de un hecho criminal-. Asimismo, solicitó que se disponga una pericia genética y se ordene la exhumación del cadáver (fs. 26/30 vta.; ver fs.57).

    Posteriormente, expuso que la madre del fallecidoR. había iniciado la sucesión de éste ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°10 departamental (fs.39 y 49).

    El Colegiado se inhibió de entender en las presentes en virtud del fuero de atracción ejercido por el sucesorio del causante y las remitió al juzgado citado (fs. 50/51).

    A su vez, este último rehusó su intervención y las elevó (fs.58/vta.).

    Tal el conflicto a dirimir (art. 161 inc. 2, C.. prov.).

  2. Esta Corte ha sostenido que el fuero de atracción que ejerce la sucesión del causante respecto de las acciones como la aquí intentada, invocado por el tribunal de familia para rechazar su competencia, opera en tanto se haya dispuesto su apertura (conf. doct. Ac. 92.240, 25- VIII-2004; Ac. 100.391, resol. del 24-X-2007) y no desde una presentación que haya tenido ese objetivo sin lograrlo, pues antes de aquélla no puede afirmarse que exista materialmente ese proceso (conf. Ac. 100.391, cit.; Ac. 101.987, resol. del 27-II-2008; C...

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