Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 17 de Octubre de 2017, expediente CFP 004033/2013/18/CA014

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 4033/2013/18/CA14 CCCF - Sala I CFP 4033/2013/18/CA14 “R.E.C.

  1. y otro s/ monto embargo”

    Juzgado n° 5 - Secretaría n° 9.

    Buenos Aires, 17 de octubre de 2017.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

    M. la intervención de este Tribunal los recursos de apelación interpuestos por las defensas de R.E.C.

  2. y C.M.J.

    respecto del auto de fecha 31 de julio pasado en cuanto el a quo, en virtud de los procesamientos dispuestos por esta Alzada (cfr. CFP 4033/13/18/CA12, rta. 16/05/17), trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir las sumas de ciento treinta mil pesos ($130.000) y de ciento doce mil quinientos ($112.500) respectivamente (fs. 511, 513 y 515).

    Atento a que, tal como se desprende del auto impugnado, el magistrado de grado basó su decisión en la norma que actualizó los valores de las penas pecuniarias previstas en la ley de estupefacientes -Ley 27.302 publicada el 08/11/16-, que al momento de los hechos no se encontraba vigente, entendemos que corresponde REVOCAR el auto apelado y devolver la presente incidencia a fin de que, sin privar de instancia a la parte, el a quo dicte una nueva decisión, lo que ASÍ SE

    RESUELVE:

    .

    R., notifíquese conforme lo dispuesto por las Acordadas 31/11 y 38/13 de la C.S.J.N., hágase saber a la Secretaría de...

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