Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 7 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S T 249 p 360/364.

Santa Fe, 7 de mayo del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la partedemandada contra la resolución 267 del 20.12.2011 dictada por la Cámara de Apelación en loCivil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rafaela, en autos "VITALI, H.R. por V.C., F.T. contra SANATORIO Y/O CLÍNICA NORTE Y/U Otros -Ordinario-Daños yPerjuicios- (Expte. 288/09)" (E.. C.S.J. Nº 265, año 2012); y,

CONSIDERANDO: 1. Mediante resolución 267 del 20.12.2011 la Cámara rechazó el recurso de apelacióninterpuesto por la accionada contra el decisorio de baja instancia -que, a su turno, había admitido la demanda por indemnización de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del fallecimiento de N.G.C.-.

Contra tal pronunciamiento dedujo la parte demandada recurso de inconstitucionalidad.

En el memorial introductor, la compareciente sostiene que la sentencia recurrida devienearbitraria y que lesiona sus derechos y garantías constitucionales.

Al respecto, refiere que el Sentenciante no valoró los presupuestos de responsabilidad. E., sostiene que no se encuentra probado que la actuación del médico tratante provocarauna herida en el útero de la occisa, sin que -dice- tampoco se encontrara "científicamentedeterminada" la causa de la muerte.

Por lo demás, asevera que no se demostró en la actuación del galeno "un déficit técnicoprofesional como lo invocara el juez a quo", siendo que, a pesar de las cargas probatoriasdinámicas, lo cierto es que "corresponde al paciente probar de manera clara y concisa la culpa (...)del profesional". Y ello es así máxime cuando, según expone, se acreditó que el procedimiento seguido por el demandado fue el adecuado, tanto al momento de operar como al tratar lascomplicaciones posteriores. En tal sentido, sostiene que no se acreditaron los presupuestos deresponsabilidad que permitirían imputarle una conducta reprochable.

Por otro lado, afirma que, si bien la responsabilidad del ente asistencial es objetiva "ya que,probada la culpa del médico, la responsabilidad de aquél deviene inexcusable" y que por ello "elpaciente debe probar tan sólo la culpa del médico", lo cierto es que en el "sub lite", al no haberse probado la culpa del galeno tratante, tampoco surge responsabilidad civil alguna de la Clínica en donde aquél actuó. Y asevera que esta última cuestión, al encontrarse indisolublemente ligada aaquélla primera, formó parte de sus agravios contra el fallo de...

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