Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 20 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 251 p 467/469.

Santa Fe, 20 de agosto del año 2013.

VISTOS: los autos "SAIMQ SANATORIO PLAZA contra R.M. VICTORIA -DAÑOS Y PERJUICIOS - sobre COMPETENCIA" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00198331-5), pararesolver el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Tribunal Colegiado deResponsabilidad Extracontractual Número Seis y el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en loLaboral de la Octava Nominación, ambos de la ciudad de Rosario; y,

CONSIDERANDO: 1. Surge de autos que la Sociedad Anónima Instituto Médico Quirúrgico Sanatorio Plazapromovió, por apoderado, demanda de cobro de pesos por indemnización de daños y perjuicio contra M.V.R. con sustento -básicamente- en presuntos hechos cometidos por lanombrada cuando era dependiente de la actora a través de los cuales, "abusando de confianza, defraudó ocasionándole perjuicios económicos".

Agregó que se está en "presencia de un acto ilícito que, amén de su responsabilidad penal,genera responsabilidad civil que necesariamente debe reparar quien lo cometió. No cabe dudaque nos encontramos con un acto voluntario contrario al ordenamiento jurídico, culpable, que hacausado un daño a nuestra representada". Además, postuló que se encuentran conformados loscuatro elementos que hacen al acto ilícito y sustentó su pretensión en lo dispuesto en los artículos 512, 513, 905, 1077, 1093, siguientes y concordantes del Código Civil.

Presentada la demanda por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, su titular se declaró incompetente argumentando que no existe entre las partes un acuerdo de voluntades denaturaleza civil y dispuso que ocurra la accionante ante quien corresponda.

En consecuencia, llevado el caso al Tribunal Colegiado de Responsabilidad ExtracontractualNúmero Seis de la misma ciudad, oportunidad en la que la demandante subrayó que se "tenga porejercida la acción de resarcimiento de daños y perjuicios", sus integrantes repelieron su radicaciónpor ante dichos estrados.

Para así decidirlo, expresaron que la accionante invoca y acredita la existencia de un contrato de trabajo con la demandada, del cual se originó el hecho ilícito que produjo el daño que pretenderesarcirse, por lo que para el caso resulta aplicable el inciso a) del artículo 2 del Código ProcesalLaboral provincial que estipula la competencia del fuero del trabajo para todo litigio entretrabajador y empleador por conflicto individual...

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