Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 19 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 247 p 475/480.

Santa Fe, 19 de febrero del año 2013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por elcompareciente contra la resolución del 3.11.2011 dictada por la Sala Tercera de la Cámara deApelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, en autos "RUFFINO, F.J. contraSERRA, Darío Oscar -Juicio Ordinario- (Expte. 43/11)" (E.. C.S.J. nro. 153, año 2012); y,

CONSIDERANDO: 1. Surge de autos que la demanda promovida por el representante legal de FranciscoRuffino persigue "el cobro del importe -mas sus intereses- que, según dice el actor, le adeuda el demandado para efectivizar la cláusula penal pactada en el boleto de compraventa" para elsupuesto de incumplimiento -por algunas de las partes- de la obligación de escriturar en lafecha convenida (15.5.07), la que el actor consideró exigible porque el demandado (comprador)"se negó a escriturar en la fecha establecida", oportunidad en que debía pagar el saldo de $127.500 "del precio convenido en $ 255.000"; acción a la que el juez de grado hizo lugar. Apelada dicha decisión por D.O.S., la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil yComercial de esta ciudad resolvió revocar el fallo impugnado, desestimando la demanda eimponiendo las costas al actor en ambas instancias.

Contra este último pronunciamiento interpone el compareciente el recurso deinconstitucionalidad que prevé en el ámbito provincial la ley 7055 con fundamento en su artículo 1 inciso 3ro., y por juzgarlo lesivo de los derechos y garantías constitucionales que invoca.

Cuestiona que la Alzada concluyera que su parte no cumplió con la obligación delevantar el embargo que pesaba sobre el inmueble objeto de venta, el que según afirma, se había levantado y quedó demostrado con lo ordenado oportunamente por el juzgador (oficio de levantamiento obrante en su poder al tiempo fijado para la escrituración).

Expresa que a la fecha acordada para celebrar la escritura traslativa de dominio,S. no contó con el dinero para asumir su obligación y que las medidas de fuerzas dispuestaspor el personal del Registro General santafesino, el que suspendió plazos registrales, le imposibilitó cumplir con el oficio de levantamiento.

Afirma que la Sala soslayó ponderar las manifestaciones del notario P. respecto deque "el comprador no depositó la suma adeudada el día acordado a tales efectos sino que reciénlo hizo el 30.5.07, aclarando que dicha diligencia...sólo tenía por objeto el depósito del saldo eintimar al vendedor a la entrega de la documentación faltante (planos) como así también al levantamiento del embargo, advirtiéndose que en dicho requerimiento no se intimaba a escriturarsino a cumplimentar con la entrega de planos y el levantamiento del embargo...".

Luego de referenciar las ponderaciones efectuadas por la Alzada respecto de que el juez de grado entendió, en lo sustancial, que S. no acreditó que a la fecha de escrituración seencontrara en condiciones de cumplir con el pago del saldo del precio (a la luz de lo testimoniado por el escribano P.; por el testigo Carreras), sostiene que el...

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