Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 252 p 145/147.

Santa Fe, 3 de setiembre del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora contra la sentencia 6, del 3 de febrero de 2012, dictada por la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, en los autos caratulados "REPRESENTACIONESRITA Y CIA S.A. contra BANCO DE GALICIA Y BS. AS. -DAÑOS Y PERJUICIOS- (EXPTE.141/11)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00508684-9); y,

CONSIDERANDO: 1. Por sentencia 6 del 03.02.2012, el Tribunal a quo rechazó el recurso de apelación concostas, confirmando la sentencia de baja instancia que -a su turno- rechazó la demanda.

Contra dicho pronunciamiento, la accionante interpone recurso de inconstitucionalidad confundamento en el artículo 1, inciso 3), de la ley 7055.

Expresa que el pronunciamiento impugnado adolece de arbitrariedad al violentar principiosconstitucionales elementales como el de legalidad e igualdad ante la ley, y por afectar losderechos de propiedad y a un adecuado servicio de justicia.

Como fundamento de tal impugnación, la recurrente aduce que el decisorio viola el principio de legalidad al exigir requisitos que la ley 24452 no exige y al referir a un proyecto de reforma de la mencionada ley que no fue incorporado ni tenido en cuenta al momento de dictar el decreto386/03 que expresamente introduce el párrafo 3 del artículo 12 de la misma ley.

A este respecto, narra -en sustancia- que pese a que el cheque cargo Banco Galicia que lefue robado a su parte se libró a la orden "Molino Chacabuco" S.A., cruzado, con un sello en elreverso que textualmente indica "Exclusivamente para depositar en la cuenta de 'MolinoChacabuco' S.A. para 'Molino chacabuco' S.A. Autorizado. (...)", la Cámara en forma arbitrariaconfirmó el fallo de baja instancia que consideró que dicha fórmula no es una expresiónequivalente a la cláusula "no a la orden" de acuerdo con el artículo 12 de la ley 24452, considerando al cheque como "imputado" según lo regulado por el artículo 47.

En ese orden de reflexión, le endilga a la Sala el haberse apartado del texto expreso de la ley al sostener que en la actualidad la leyenda "no a la orden" es una fórmula solemne que debeser observada y que no admite cláusulas equivalentes, soslayando -asevera- que el tercer párrafodel artículo 12 de la ley vigente -modificado por decreto 386/03- prevé la opción de introducir en elcheque una cláusula con una expresión equivalente a "no a la orden".

Se...

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