Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 13 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 247 p 435/440.

Santa Fe, 13 de febrero del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por lademandada contra el pronunciamiento de fecha 15 de junio de 2011, dictado por la Cámara deApelación en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista, en autos "PERALTA, JoseLuis contra VIÑATTI, E.F. y/u otros y/o q.r.j.r. -Amparo- (Expte. 114/11)" (E.. C.S.J. N°498, año 2011); y,

CONSIDERANDO : 1. Surge de las constancias de la causa que por sentencia de fecha 15 de junio de 2011 la Cámara acogió el recurso de apelación deducido por el actor y revocó la decisión apeladahaciendo lugar a la acción de amparo, ordenando la prohibición y/o cese de cualquier actividadagrícola-ganadera en el predio de propiedad de las accionadas que individualizó, con costas a laparte vencida (fs. 6/9).

Contra dicho pronunciamiento interpone la parte perdidosa E.F.V. su recursode inconstitucionalidad con fundamento en el artículo 1, inciso 3 de la ley 7055, por entender queel decisorio no reúne las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a lajurisdicción que acuerda la Constitución de la Provincia.

Los agravios que invoca la recurrente pueden sintetizarse así: a) Cuestión abstracta por falta de interés actual:

Alega que en virtud de las constancias de autos surge que el caso perdió interés legítimo,en razón de que ante el traslado de la demanda de amparo expresamente respondió que no desarrollaba actividad alguna en el predio de referencia ni tenía intención de hacerlo, lo que fue comprobado -a su entender- con la constatación judicial que acredita que tal terreno está endesuso, quedando demostrado -dice- el acatamiento de la disposición municipal que limita laactividad agrícola ganadera en dicha zona. b) Admitir la acción en base a constancia no acreditada:

Afirma que el fallo impugnado adolece de arbitrariedad normativa y fáctica porque admitió la acción de amparo bajo la denominación de "tutela inhibitoria", sin que se dieran los requisitos de hecho y de derecho que lo sostienen, apartándose de las constancias de la causa y tergiversandoel sentido jurídico del artículo 2618 del Código Civil y del artículo 43 de la Constitución nacional, que establece como exigencia para que proceda el amparo la existencia de un acto u omisión que "en forma actual o inminente" lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, lo que -dice- no demostró el actor en el caso. c) Imputación indebida de incumplimiento:

Aduce que la imputación de "incumplidor" resulta injusta e infundada ya que se basa en un"supuesto temor fundado de incumplimiento" cuando en la causa quedó demostrado que no surgehecho o acto alguno que se le pueda imputar en razón de que fueron los inquilinos los quesembraron y usaron agroquímicos donde por disposición municipal no está permitido el cultivo; yque, por otro lado, quedó comprobada su voluntad de acatar la disposición municipal que nopermite la actividad...

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