Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 13 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2012
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 243 p 390-393.

Santa Fe, 13 de marzo del año 2.012.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por lademandada contra la sentencia 291, de fecha 07 de agosto de 2009, dictada por la Sala Cuarta dela Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, en los autos caratulados "Y.P.F. S.A.contra IPEFE San José S.A. -Ejecución hipotecaria- (Expte. 303/08)" (E.. C.S.J. N° 296, año2011); y,

CONSIDERANDO: 1. Por sentencia 291 del 07.08.2009, el Tribunal rechazó el recurso de apelacióninterpuesto por la accionada, confirmando la sentencia de baja instancia que -a su turno- habíamandado llevar adelante la ejecución por la suma reclamada con más intereses.

Contra dicho pronunciamiento, la apelante interpuso recurso de inconstitucionalidad confundamento en el artículo 1, inciso 3), ley 7055.

Tras efectuar una síntesis de los antecedentes relevantes de la causa, expresa que el falloimpugnado adolece de arbitrariedad. En tal sentido, afirma que incurrió en un exceso dejurisdicción apartándose de expresos textos legales (leyes 25561 y 25820 y arts. 25, 27 y 28 delC.P.C.C.S.F.), de sus interpretaciones jurisprudenciales anteriores, y fuentes doctrinarias, sin darrazón plausible para ello. Dice también que el pronunciamiento adolece de autocontradicción y sesustenta en afirmaciones dogmáticas en colusión con el artículo 95 de la Constitución provincial.

Como fundamento de tal impugnación, la recurrente -en sustancia- le endilga al Tribunal dehaber fallado "extra petita" por cuanto aduce que el propio actor solicitó la adecuación de sudemanda al régimen impuesto mediante decreto N° 214/02, que establece la conversión de lasobligaciones pactadas en dólares a pesos moneda nacional, a la paridad de un peso un dólar, porlo que al condenarse a pagar una suma superior a $300.000 se concedió una suma superior a la pedida, desde que -dice- el contrato de hipoteca estatuía un máximo de U$S300.000.

Le atribuye al pronunciamiento haber violado la ley procesal local privando a su parte del juez natural, desde que la Cámara al considerar ineficaz la cláusula de prórroga de competenciafederal, no advirtió que la competencia de los tribunales ordinarios de R. no se hallabaconsentida, infringiendo la norma expresa del artículo 2 de la ley 10 160. Añade que las pautasprevistas en dicho precepto determinaban que debía intervenir el Juzgado de Primera Instancia deDistrito con sede en la ciudad de Casilda.

Califica al decisorio de arbitrario y...

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