Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 24 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 252 p 336/340.

Santa Fe, 24 de setiembre del año 2013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actorcontra la resolución del 31 de mayo de 2012, dictada por la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de la ciudad de Rosario, en autos "GRIONI, V.H. c/ PUYOL, W.O. s/ Cobro de Pesos Lab. - (Expte. 260/11)" (E.. C.S.J. nro. CUIJ: 21-00508708-9); y,CONSIDERANDO: 1. Surge de las constancias de la causa que la Sala Primera de la Cámara de Apelación en loLaboral de Rosario receptó el recurso de apelación interpuesto por el demandado, y enconsecuencia, revocó lo resuelto por el juez de grado -quien a su turno- hizo lugar en forma parcial a la demanda promovida por V.H.G. tendente a obtener los rubros indemnizatorios derivados de la ruptura de la relación laboral que, a su criterio, lo había unido al demandado,imponiendo las costas al apelante.

Contra tal decisorio interpone el impugnante recurso de inconstitucionalidad en los términos delartículo 1 inciso 3 de la Ley 7055, por considerarlo lesivo de los derechos y garantías de rango constitucional que invoca y por no reunir las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción.

En la pieza introductoria acusa a la Alzada de incurrir en "notoria y sorpresiva arbitrariedad", porfallar -sin fundamento jurídico alguno-, en contra de lo probado en autos.

A su vez, alega que el decisorio impugnado resulta arbitrario por prescindir de prueba decisiva yapartamiento de las constancias de la causa y cuestiona a la Sala por exigirle pruebas imposibles de producir -atento el carácter irregular de la relación laboral habida entre las partes-, y por descalificar el plexo probatorio de manera individual y sin valorarlo en su conjunto; desconociendoel in dubio pro operario.

Reprocha las consideraciones del Tribunal en torno a las pruebas arrimadas al proceso. En eseorden resalta la irrelevancia de demostrar en el caso la titularidad de dominio de los vehículos alos fines de acreditar la relación laboral y considera que se le debe otorgar presunción deveracidad iuris tantum al informe municipal, entendiendo que tanto la prestación del servicio derecolección de malezas a la orden del demandado como la forma en que éste cobraba de la Municipalidad de San Lorenzo -mediante facturación a través de su concubina G.E.T.-,se encontraban acreditadas en autos. Además critica a los juzgadores por invocar constanciasinexistentes y...

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