Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 16 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2012
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 246 p 286-288.

Santa Fe, 16 de octubre del año 2012.

VISTO: Los autos "BARGELLINI, R. contra PINETTI, O.J. -Ordinario-Escrituración- (Expte. 245/08) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DEINCONSTITUCIONALIDAD" (Expte. C.S.J. nro. 308, año 2010), venidos para resolver laconcesión del recurso extraordinario federal interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia dela Nación; y,

CONSIDERANDO: 1. Contra lo resuelto por este Cuerpo -por mayoría- en A. y S. T. 242, págs. 368/371 plantea el actor el remedio federal regulado por la ley 48 (artículo 14) en razón de juzgar que lofallado no es derivación razonada del derecho vigente con arreglo a las circunstanciascomprobadas de autos, por ende, arbitrario; y asimismo por vulnerar el derecho de propiedad, las garantías de defensa en juicio y debido proceso legal, los principios de seguridad jurídica, igualdad ante la ley y razonabilidad, todos ellos, de raigambre constitucional.

Al fundar la cuestión federal, bajo diversas alegaciones, cuestiona la sentencia de este Tribunal (de aquí en más, decisión mayoritaria) por soslayar analizar la incongruencia invocada envirtud que el demandado sólo "dijo deducir excepción de prescripción, sin articular los hechos enque pretendía motivar su defensa", en el pleno convencimiento que fue la Cámara quien "suplió talomisión invocando de oficio cuándo habría comenzado, en base a qué hechos, si mediaron o noactos interruptivos, y cuándo habría fenecido el plazo de prescripción".

En este sentido expresa que los jueces carecen de potestad para dar contenido fácticoa las pretensiones y defensas de las partes (del artículo 243 C.P.C. y C.), en suma, no puedendecidir sobre cuestiones no articuladas por las partes.

Sostiene que esta Corte omite ponderar que la Cámara al otorgar el referido sustentofáctico -oposición de prescripción del demandado- vulnera las garantías constitucionales deigualdad entre las partes, debido proceso legal, principio de congruencia e imparcialidad deljuzgador.

Pone de manifiesto que este Tribunal al sostener que "... mi parte no se hizo cargo queel demandado al contestar los agravios '...mantuvo la defensa opuesta ante el inferior sobre la prescripción de la pretensión de la actora...'" pretirió que su "contradictor nunca dió contenidofáctico a su excepción, siendo incontrovertible que incumplió la carga de afirmación que pesabasobre el mismo, para que pudiera tenerse por válidamente deducida una defensa semejante". L...

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