Sentencia de CAMARA FEDERAL, 20 de Octubre de 2015, expediente FPA 042000644/2011

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 42000644/2011 la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil quince, reunidos en la Sala de Audiencias de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones, los señores miembros de la misma, a saber: Presidenta, Dra. C.G.G., Juez de Cámara Subrogante, Dr. D.E.A., y Juez de Cámara, Dr. Mateo José

Busaniche, a fin de tratar el expediente caratulado:

QUITET, ADELA MARGARITA Y OTROS CONTRA ANSES SOBRE REAJUSTES VARIOS (ORDINARIO)

, Expte. N° FPA 42000644/2011, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, en virtud del recurso de apelación deducido contra la resolución de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, EL SR.

JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE, D.D.E.A., DIJO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs. 79 contra la sentencia de fs. 70/74 vta.

El recurso se concede a fs. 80, se expresan agravios a fs. 87/88 vta., a fs. 90 la Cámara Federal de la Seguridad Social ordena la remisión de la presente causa, a fs. 96 el Sr. Fiscal General contesta la vista oportunamente corrida y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 97 vta.

Fecha de firma: 20/10/2015 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: M.J.B.,

II- Que la demandada plantea en relación a la actora beneficiaria previsional por ley 24241, la inaplicabilidad al presente caso del precedente “Elliff”

atento a que ella prestó servicios como autónoma. Agrega que no resulta adecuada la aplicación del ISBIC, y señala que las pautas del fallo “B.” sólo deben aplicarse hasta el 31/12/2006. En relación a los actores jubilados por ley 18037, le agravia la aplicación de lo resuelto por el Máximo Tribunal en los autos “Badaro” más allá del 31-12-2006. Mantiene la reserva del caso federal.

III- Que los actores, Quitet y B., beneficiarios de una jubilación nacional conforme el régimen instituido por la ley 18037 y la actora, E.R.B., beneficiaria de una jubilación conforme el régimen instituido por ley 24241, interponen demanda ordinaria contra la Administración Nacional de la Seguridad Social, por reajuste y movilidad de sus haberes.

La magistrada a-quo hizo lugar a la demanda, declaró

la...

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