Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 26 de Abril de 2023, expediente CNT 061304/2017/CA001

Fecha de Resolución26 de Abril de 2023
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA IV

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 69.541 CAUSA

61304/2017/CA1 SALA IV “QUISPE, JORGE ANDRÉS C/ CAT TECHNOLOGIES

CUSTOMERS EXPERIENCES S.A. Y OTRO S/ DESPIDO” JUZGADO N°68.

Buenos Aires, 26 de abril de 2023

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención a los términos en que las partes actora J.A.Q.

y demandada “CAT TECHNOLOGIES CUSTOMERS EXPERIENCES S.A.” arribaron a una solución conciliatoria mediante el acuerdo celebrado en la audiencia del día 21 de abril de 2023 a las 11 horas y teniendo en cuenta las respectivas situaciones jurídicas-procesales,

se considera que se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses en los términos del art. 15 de la ley de contrato de trabajo.

Que, en tales condiciones corresponde homologar el acuerdo celebrado (cfr. Art. 69 L.O.

y 309 CPCCN), declarar las costas de dicho juicio en la forma convenida en el acuerdo virtual y eximir a la demandada CAT TECHNOLOGIES CUSTOMERS EXPERIENCES

S.A. del pago de la tasa de justicia, dada la forma en que fue resuelto el litigio (art. 42 L.O).

Que, cabe tener presente lo acordado por las partes en orden a los gastos causídicos derivados del proceso y, a sus efectos, el reconocimiento de honorarios a la representación y patrocinio letrado de la parte actora (art. 279 CPCCN), que serán soportados por los demandada CAT TECHNOLOGIES CUSTOMERS EXPERIENCES S.A.

Que, en orden a lo expuesto, cabe regular los honorarios por los trabajos realizados en a favor del perito contador D.V.B. en la suma de $38.500

(PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS) a valores actuales y en función de la extensión, mérito e importancia de la labor cumplida y lo normado por los arts. 38 L.O. y decreto ley 16.638/57

Por lo expresado, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Homologar el desistimiento de la acción y del derecho efectuado por la actora respecto de la codemandada TELECOM ARGENTINA

S.A. con costas en el orden causado. 2) Homologar el acuerdo de autos. 3) Estar a lo convenido por las partes sobre costas y honorarios. 4) Eximir a la demandada CAT

TECHNOLOGIES CUSTOMERS EXPERIENCES S.A. del pago de la tasa de justicia. 5)

Regular los honorarios de la perito D.V.B. , en la suma de pesos de $38.500 (PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS) a valores actuales y en función de la extensión, mérito e importancia de la labor cumplida y lo normado por los arts. 38 L.O.

y decreto ley 16.638/57 6) Tener presente lo demás manifestado por las...

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