Quisieron llamar a su hijo con un nombre atípico, pero la Justicia se los negó

La controversia llegó hasta la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil

Los padres gozan, en principio, de libertad para elegir el nombre de su hijo . Sin embargo, existen ciertas limitaciones: que su denominación no sea extravagante o pueda afectar la dignidad, el decoro o la interacción social de la persona. Fue bajo estas premisas que tanto el Registro Civil de la ciudad como la Justicia nacional le negaron a una familia la inscripción de su hijo con el nombre de Lucifer .

"Rechacé la inscripción del nombre Lucifer porque hace referencia al diablo", precisó a LA NACION Facundo Bargalló, director general del Registro Civil porteño , que señaló que, si bien no se suelen negar denominaciones, si la familia así lo quisiese, se puede elevar a la Justicia esa decisión para que la revise.

En este caso, eso fue exactamente lo que pasó. No solo se dirimió en un juzgado de primera instancia -que determinó la viabilidad del nombre- sino que, además, esa sentencia fue apelada por el fiscal de la causa. La controversia llegó, así, hasta la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, a cargo de los jueces Beatriz Alicia Verón, Gabriela Mariel Scolarici y Maximiliano Luis Caia, que revocó la resolución judicial precedente y negó que Lucifer sea un apelativo apto para llamar a un niño.

"Hombre soberbio, encolerizado y maligno" es la definición que la Real Academia Española (RAE) le otorga a este nombre. En tanto, su traducción del latín es "portador de luz" . Estas contradicciones lingüísticas fueron, entre otras, parte del compendio de argumentos que las partes involucradas esgrimieron en el proceso judicial para fijar su posición.

Los límites en la elección de un nombre tienen que ver con que no sean agresivos ni estigmatizantes

Los razonamientos

Según el artículo 63 del Código Civil y Comercial de la Nación, "no pueden inscribirse más de tres prenombres, apellidos como prenombres, primeros prenombres idénticos a primeros prenombres de hermanos vivos; ni prenombres extravagantes".

Bargalló explicó a LA NACIÓN cómo se interpreta el adjetivo "extravagantes" en los hechos: "Los límites de una denominación tienen que ver con que no sean agresivos ni estigmatizantes". Entonces, la extravagancia no se refiere a lo meramente inusual, raro o poco común, sino que hace referencia a los...

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