Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 15 de Agosto de 2018, expediente CNT 072192/2016/CA001

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 72192/2016 - QUIROGA, JULIO ALBERTO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 15 de agosto de 2018.

VISTO:

El pedido de aclaratoria de la Sentencia Definitiva de este Tribunal obrante a fs. 130/2, formulado por la aseguradora, a fs. 134, y; CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo establecido en el artículo 99 de la ley 18.345 y teniendo en cuenta que de conformidad con lo acordado por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el Acta Nro.

2658 de fecha 8/11/17 desde el 1º de diciembre de 2017 rige la tasa efectiva anual vencida correspondiente a la Cartera General Actividades Diversas del Banco de la Nación Argentina se ha de aclarar dicha cuestión y establecer que desde la fecha de acaecimiento del infortunio (2/5/2016) y hasta el 30 de noviembre de 2017 han de aplicarse los intereses establecidos en las Actas 2601 y 2630 de esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, de fecha 24 de mayo de 2014 y 27 de abril de 2016, respectivamente y desde el 1º de diciembre del 2017 y hasta su efectivo pago los previstos en el Acta Nº 2658 citada en el marco precedentemente descripto.

Que en consecuencia, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Aclarar la Sentencia Definitiva de este Tribunal obrante a fs. 130/2 de fecha 4 de julio de 2018 y determinar que desde la fecha de acaecimiento del infortunio (2/5/2016) y hasta el 30 de noviembre de 2017 han de aplicarse los intereses establecidos en las Actas 2601 y 2630 de esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, de fecha...

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