Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 14 de Junio de 2023, expediente CNT 016562/2018

Fecha de Resolución14 de Junio de 2023
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA IV

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 69.920 CAUSA N°16562/2018.SALA IV

QUIROGA, J.E.A. c/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE LEY

ESPECIAL

JUZGADO Nº 35

Buenos Aires, 14 de junio de 2023

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención a los términos en que las partes actora P.A.R., en representación de la menor A.Y.Q. y demandada GALENO ART S.A.

arribaron a una solución conciliatoria en la audiencia celebrada el día 13 de junio de 2023,

en la que intervino asimismo, la Defensoría de Menores e Incapaces, y cuyos términos obran agregados en el acta de igual fecha en el sistema LEX 100 se considera que se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses en los términos del art. 15 de la ley de contrato de trabajo.

Que, en tales condiciones corresponde homologar el acuerdo celebrado (cfr. Art. 69

L.O. y 309 CPCCN), declarar las costas de dicho juicio en la forma convenida y eximir a la demandada del pago de la tasa de justicia, dada la forma en que fue resuelto el litigio (art.

42 L.O).

Que, cabe tener presente lo acordado por las partes en orden a los gastos causídicos derivados del proceso y, a sus efectos, el reconocimiento de honorarios a la representación y patrocinio letrado de la parte actora (art. 279 CPCCN), que serán soportados por la demandada.

Por lo expresado, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Homologar el acuerdo de autos. 2)

Estar a lo convenido por las partes sobre costas y honorarios. 3) Eximir a la demandada del pago de la tasa de justicia. 4) Tener presente lo demás manifestado por las partes.

C., regístrese, notifíquese y oportunamente remítanse las actuaciones al Juzgado de origen.

SILVIA E. PINTO VARELA HECTOR C. GUISADO

Jueza de Cámara Juez de Cámara Ante mí:

G.G.

Secretaria de Cámara Fecha de firma: 14/06/2023

Alta en sistema: 16/06/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

Fecha de firma: 14/06/2023

Alta en sistema: 16/06/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

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