Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 27 de Septiembre de 2016, expediente CNT 043637/2013/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT.DEF. EXPTE. Nº 43637/2013 (387.783)

JUZGADO Nº 46 SALA X AUTOS: “Q.G.A. C/ PROVINCIA ART SA S/

ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”.

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2016.-

El D.E.R.B., dijo:

El Sr. Juez “a quo” declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y luego de valorar las pruebas producidas en la causa, concluyó que el actor logró demostrar que padece una incapacidad física del 27,86% de la t.o. derivada de un accidente “in itinere” ocurrido el 18/07/02/2011. Consecuentemente, condenó a la demandada al pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14 ap. 2 inc. a de la ley 24.557. (ver pronunciamiento a fs. 221/223).

Dicha resolución, motivó los agravios de la parte demandada a tenor de la presentación de fs. 224/228 mereciendo la réplica de su contraria a fs. 230.

A fs. 228 apela sus honorarios el perito psicólogo por considerarlos reducidos.

Se agravia la accionada, en primer término, por la fecha a partir de la cual comienzan a aplicarse la tasa de interesw del monto de condena. Adelanto mi opinión en sentido desfavorable a la misma en este aspecto.

Al respecto, advierto que la tasa de interés fijada en grado se ajusta a las pautas establecidas por las Actas Nros: 2600 del 07/05/2014 y 2601 de la CNAT, en la cual esta Cámara realizó un minucioso análisis de la cuestión disponiendo, a los efectos de conjurar la desactualización de tasas aplicadas con anterioridad y compensar de manera adecuada el crédito del trabajador, la aplicación de la Tasa nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación para un plazo de 49 a 60 meses.

Asimismo, cabe señalar que esta Cámara mediante el Acta 2601 resolvió “…

Establecer que la tasa de interés aplicable comience a regir desde que cada suma es debida respecto de las causas que se encuentran sin sentencia y con relación a los créditos del Fecha de firma: 27/09/2016 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20046226#163143554#20160927125501978 trabajador…”, y teniendo en cuenta que al momento de su dictado (mayo de 2014) no había todavía recaído sentencia en autos (abril de 2015), corresponde confirmar en este aspecto lo decidido en grado.

El siguiente agravio, tendrá favorable acogimiento en cuanto menciona que la sentencia omitió considerar la suma de $32.157,66.- percibida por el...

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