Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 7 de Diciembre de 2022, expediente FMZ 010399/2021/CA001

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

10399/2021

QUINTEROS, N.C.P. c/ OSPOCE

s/PRESTACIONES MEDICAS

En Mendoza, a los días del mes de diciembre de dos mil veintidós,

reunidos en acuerdo los Señores Jueces de la Sala “A” de la Excma. Cámara

Federal de Apelaciones de Mendoza, D.. J.I.P.C., Manuel

Alberto Pizarro y G.E.C. de Dios, procedieron a resolver

en definitiva estos autos Nº FMZ 10399/2021/CA1, caratulados:

QUINTEROS, N.C.P. C/ OSPOCE S/

PRESTACIONES MEDCIAS

, venidos del Juzgado Federal Nº 2 de

Mendoza, en virtud del recurso de apelación interpuesto en fecha 04/10/2022,

contra la sentencia de fecha 30/09/2022, cuya parte dispositiva se tiene aquí

por reproducida.

El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:

¿Debe modificarse la sentencia de primera instancia?

De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271

C.P.C y Comercial de la Nación y arts. 4 y 15 del Reglamento de esta Cámara,

se procedió a establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación:

Vocalías Nº 2, 3 y 1.

Sobre la única cuestión propuesta, el Señor Juez de Cámara

Dr. J.I.P.C., dijo:

Fecha de firma: 07/12/2022

Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

35656586#351494690#20221206085501210

1. En fecha 08/07/2021 la Sra. N.C.Q.,

en representación de su hija menor U.C.V, DNI: Nº51.529.172, y con el

patrocinio letrado del Dr. J.M., defensor público oficial, interpone

acción de amparo en contra de OBRA SOCIAL DE PERSONAL DE

ORGANISMOS DE CONTROL EXTERNO (en adelante OSPOCE), con el

objeto que se condene a otorgar cobertura total e integral (100%) de

medicación, estudios y controles médicos en el Hospital Español (por haber

sido el nosocomio donde se efectuó el trasplante) todos ellos íntimamente

vinculados al trasplante de riñón al que debió ser sometida su hija en el mes de

septiembre de 2021 y su imprescindible control posterior, a saber: “(…)

Laboratorios completo, 2)Orina completa, 3) estudio de carga viral en

sangre, 4)estudio “RIN” de hematología, 5) control con especialista en

nutrición, 6) control con especialista en nefrología, 7) control con

especialista en dermatología, 8) control con especialista en odontología, 9)

control con especialista en endocrinología, 10) Myfortic 150 mg comp. 120

por tres cajas mensuales, 11) Tacrolimus 1mg por 100 comp. por tres cajas

mensuales, 12)Tacrolimus 0,5 mg por 50 comp. por dos cajas,13) Karidium

10 mg por 60 comp. por una caja mensual 14) Omeoprazol 40 mg,comp. por

28, por dos cajas mensuales, 15) Carvedilol 6, 25 mg por 28 comp. por dos

cajas mensuales, 16) Deltisona B 4 mg, por 20 comp. por 2 cajas mensuales,

17) Sintrom 4 mg, por 20 comp, por dos cajas mensuales 18) Myfortic 360

mgs por 120comp. por tres cajas mensuales, ello conforme los términos

señalados por los médicos tratantes y mientras sea prescripto en las recetas,

sin perjuicio de la demás cobertura a la que está obligada por las leyes

23.660, 23661 y ccs. (…)

.

Señala que de conformidad con el certificado de discapacidad

vigente su hija de 9 años padece de síndrome nefrótico, lo cual generó que en

Fecha de firma: 07/12/2022

Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

septiembre del año 2021 sea trasplantada de riñón en el Hospital Español de la

ciudad de Mendoza. En consecuencia, en la actualidad, debe recibir

periódicamente, una batería de controles y medicación, que son

imprescindibles para garantizar su estabilidad.

Que sin perjuicio de lo evidente de la situación, desde el mes de

marzo la obra social hace oídos sordos a los reclamos maternos, acreditando

esta situación con correos electrónicos enviados tanto a OSPOCE como a la

prestadora VISITAR.

Esgrime que, como consecuencia, el reclamo llegó a la

Superintendencia de Salud, y luego a la defensoría patrocinante, mediante la

cual se libró oficio emplazatorio a la obra social, con copia de las recetas

médicas que prescriben estudios y medicación.

Manifiesta que la obra social al contestar el oficio, negó haber

recibido pedido alguno, respecto de la medicación y estudios de la menor, por

lo que no quedó otra alternativa que la interposición del presente amparo.

Funda en derecho. Solicita el dictado de medida cautelar.

  1. En fecha 13/07/2021, el juez de primera instancia, resolvió

    admitir la medida cautelar peticionada y, en consecuencia, se ordenó a la

    OBRA SOCIAL DE PERSONAL DE ORGANISMOS DE CONTROL

    EXTERNO (OSPOCE) a que brinde la “(…) cobertura total e integral

    (100%) de la totalidad de medicación, estudios y controles médicos en el

    Hospital Español (por haber sido el nosocomio donde se efectuó el

    trasplante) todos ellos íntimamente vinculados al trasplante de riñón al que

    debió ser sometida su hija en el mes de septiembre de 2020, a saber:

    Laboratorios completo, 2)Orina completa, 3) estudio de carga viral en

    sangre, 4)estudio “RIN” de hematología, 5) control con especialista en

    nutrición, 6) control con especialista en nefrología, 7) control con

    Fecha de firma: 07/12/2022

    Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

    especialista en dermatología, 8) control conespecialista en odontología, 9)

    control con especialista en endocrinología, 10)Myfortic 150 mg comp. 120

    por tres cajas mensuales, 11) Tacrolimus 1mg por 100 comp. por tres cajas

    mensuales, 12)Tacrolimus 0,5 mg por 50 comp. por dos cajas,13) Karidium

    10 mg por 60 comp. por una caja mensual 14) Omeoprazol 40 mg,comp. por

    28, por dos cajas mensuales, 15) Carvedilol 6, 25 mg por 28 comp. por dos

    cajas mensuales, 16) Deltisona B 4 mg, por 20 comp. por 2 cajas mensuales,

    17) Sintrom 4 mg, por 20 comp, por dos cajas mensuales 18) Myfortic 360

    mgs por 120comp. por tres cajas mensuales (…)”, de conformidad a los

    términos prescripto por los médicos tratantes y mientras sea prescripto en las

    recetas sin perjuicio de la demás cobertura a la que está obligada por las leyes

    23.660, 23.661 y ccs.

  2. Conferido traslado de la acción, el 21/08/2021, el Dr.

    S.M.F., en nombre y representación de OBRA SOCIAL DE

    PERSONAL DE ORGANISMOS DE CONTROL EXTERNO (OSPOCE),

    contesta demanda, solicitando su rechazo.

    Niega todos y cada uno de los hechos invocados por la actora,

    que no fueran expresamente reconocidos en su responde. Expresa, que es

    importante destacar que a solicitud de la madre de U.C.V, desde el momento

    del alta, la afiliada se encontraba recibiendo las prestaciones médico

    asistenciales a través de la red prestadora por ella elegida ANDES SALUD.

    Afirma que ello, no implica que la demandada pretenda

    deslindarse de responsabilidad como agente del seguro, sino demostrar que

    OSPOCE tomó conocimiento del reclamo de la madre de la menor al

    momento que fue recibida la notificación librada desde la Defensoría que

    patrocina a la actora, el 02/07/2021.

    Fecha de firma: 07/12/2022

    Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

    M., que no es cierto que OSPOCE “(…) hiciera oídos

    sordos a los reclamos (…)”, así como toda conducta demostrativa de un

    comportamiento manifiestamente arbitrario de su parte. Señala, que en razón

    de ello, el oficio prejudicial fue contestado el día 06/07/2021 por el Dr.

    E.G.D. en carácter de apoderado de OSPOCE, informando

    que recién con el mismo se tomaba conocimiento del reclamo y que por ello la

    obra social no había realizado ningún tipo de rechazo, negativa o dilación en

    el cumplimiento de la cobertura reclamada.

    Que, no obstante todo lo manifestado, a la fecha del presente

    responde, la actora no presentó protocolo de medicación post trasplante ni

    consentimiento informado, por lo que no existe acto arbitrario, sino una

    actitud positiva de OSPOCE de obrar conforme a la legislación vigente.

    Ofrece prueba. Hace reserva del caso federal. Solicita el

    rechazo de la acción incoada con expresa imposición de costas a la actora.

  3. En fecha 30/09/2022, el juez de primera instancia resolvió:

    (…) 1º) HACER LUGAR a la demanda incoada por la Sra. Noelia Cristina

    QUINTEROS, en representación de su hija menor U.C.V, DNI: Nº51.529.172

    , en contra de OBRA SOCIAL DE PERSONAL DE ORGANISMOS DE

    CONTROL EXTERNO (OSPOCE) y en consecuencia, condenar a ésta

    última a otorgar la cobertura total e integral (100%) de la totalidad de

    medicación, estudios y controles médicos vinculados al trasplante de riñón al

    que debió ser sometida la menor en el mes de septiembre de 2020 y su

    imprescindible control posterior, a saber: Laboratorios completo, 2)Orina

    completa, 3) estudio de carga viral en sangre, 4)estudio “RIN” de

    hematología, 5) control con especialista en nutrición, 6) control con

    especialista en nefrología, 7) control con especialista en dermatología, 8)

    control conespecialista en odontología, 9) control con especialista en

    Fecha de firma: 07/12/2022

    Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

    35656586#351494690#20221206085501210

    endocrinología, 10)Myfortic 150 mg comp. 120 por tres cajas mensuales, 11)

    Tacrolimus 1mg por 100 comp. por tres cajas mensuales, 12)Tacrolimus 0,5

    mg por 50 comp. por dos cajas,13) Karidium 10 mg por 60 comp. por una

    caja mensual 14) Omeoprazol 40 mg,comp. por 28, por dos cajas mensuales,

    15) Carvedilol 6, 25 mg por 28 comp. por dos cajas mensuales, 16) Deltisona

    B 4 mg, por 20 comp. por 2 cajas mensuales, 17) Sintrom 4 mg, por 20 comp,

    por dos cajas mensuales...

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