QUESTA ORLANDO EDUARDO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EMGE-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Número de expediente | CAF 009706/2010/CA002 |
Fecha | 28 Marzo 2017 |
Número de registro | 174910238 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 9706/2010 QUESTA ORLANDO EDUARDO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-
EMGE-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de marzo de 2017.- FDA Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
El Dr. Alemany dijo:
) Que, a fs. 160, la Sra. Jueza de grado intimó a la parte demandada para que, en el plazo de diez días, procediera al depósito de la suma de $ 442.082,45 reconocida a los actores en autos, bajo apercibimiento de ejecución.-
) Que, contra tal decisión, la demandada interpuso recurso de revocatoria –que fuera rechazada a fs. 202- con apelación en subsidio (ver fs. 188/192 y vta.), que fuera contestado por la parte actora a fs. 199/200 vta..-
La recurrente sostiene, en esencia, que el pronunciamiento recurrido es arbitrario por cuanto desconoció
la obligatoriedad de aplicar el procedimiento de previsión presupuestaria y posterior pago, establecido en las leyes 23.982 y 25.344. Por otra parte, señala que su parte había dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22 de la ley nº 23.982 y solicitado la incorporación del monto de condena de capital en la previsión presupuestaria correspondiente al año 2015. Asimismo, indica que en el ejercicio del año 2015 “se careció de crédito presupuestario Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: TREACY-GALLEGOS FEDRIANI-ALEMANY, #11178100#174910238#20170328114305566 suficiente para atender la acreencia de que se trata” (confr. fs. 189); razón por la cual, ésta fue incorporada al Presupuesto Nacional 2016.-
- Que, en el presente año, resulta inoficioso pronunciarse sobre los agravios expuestos en el recurso de apelación, ya que al haber vencido el 31 de diciembre de 2016 los plazos previstos en el artículo 22 de la ley 23.982 y el artículo 170 de la ley 11.672 (T.O. 2014), se hallan reunidas las condiciones para la ejecución de la sentencia (cfr. CSJN en la causa “Recurso Queja nº 2 –C.G.A. –inc. E.. S..- y otros c/ EN- Mº Defensa- Ejército- Dto. 1104/1053 y otros s/ Proceso de Ejecución”, CAF 025191/2012/2/RH002, resolución del 27/12/2016, y esta S. en la causa “L.J.R. c/ EN- Tribunal de Tasaciones- Dtos. 1487/01 1561/01 s/ Empleo Público”, sentencia del 14 de noviembre de 2013, entre muchos otros).-
Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado en virtud de las particularidades de la causa (art. 68, segunda parte, del C.P.C.C.N.). ASI VOTO.-
El Dr. Treacy dijo:
) Que, a fs. 160, la Sra. Jueza de grado intimó a la parte demandada para que, en el plazo de diez días, procediera al depósito de la suma de $ 442.082,45 reconocida a los actores en autos, bajo apercibimiento de ejecución.-
) Que, contra tal decisión, la demandada interpuso recurso de revocatoria –que fuera rechazada a fs. 202- con apelación en subsidio (ver fs. 188/192 y vta.), que fuera contestado por la parte actora a fs. 199/200 vta..-
Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: TREACY-GALLEGOS FEDRIANI-ALEMANY, #11178100#174910238#20170328114305566 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V La recurrente sostiene, en esencia, que el pronunciamiento recurrido es arbitrario por cuanto desconoció
la obligatoriedad de aplicar el procedimiento de previsión presupuestaria y posterior pago, establecido en las leyes 23.982 y 25.344. Por otra parte, señala que su parte había dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22 de la ley nº 23.982 y solicitado la incorporación del monto de condena de capital en la previsión presupuestaria correspondiente al año 2015. Asimismo, indica que en el ejercicio del año 2015 “se careció de crédito presupuestario suficiente para atender la acreencia de que se trata” (confr. fs. 189); razón por la cual, ésta fue incorporada al Presupuesto Nacional 2016.-
) Que, así las cosas, cabe recordar que el artículo 22 de la ley 23.982 establece: “…el Poder Ejecutivo Nacional deberá comunicar al Congreso de la Nación todos los reconocimientos...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
