Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 21 de Agosto de 2020, expediente CNT 024571/2017/CA001
Fecha de Resolución | 21 de Agosto de 2020 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX
Causa N°: 24571/2017 - QUARIN, J.H.c.K.C.
ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
En la Ciudad de Buenos Aires, al 19-8-2020
para dictar sentencia en las actuaciones caratuladas:
QUARIN, J.H.C.K.C. ARGENTINA S.A.
S/ DESPIDO
: se procede a votar en el siguiente orden:
El Dr. A.E.B. dijo:
I- Contra el pronunciamiento dictado en la anterior instancia se alza la demandada a tenor del memorial obrante a fs. 189/193 y vta., con réplica de la contraria a fs.195/197 y vta.
Asimismo, a fs. 187 el Sr. perito contador apela los honorarios regulados a su favor, por estimarlos reducidos.
II- Adelanto que, de compartirse mi voto, la queja principal que plantea la demandada –relativa a la fecha de inicio del vinculo que unió a las partes- no tendrá favorable recepción.
Al respecto, comparto el criterio expuesto por el Sr. Juez “a quo” en lo atinente a la eficacia y valor probatorio que corresponde otorgar a las declaraciones de los testigos R., Modena, A.,
B. y V. –ver fs. 58, fs. 60, fs. 63, fs.
65 y fs. 67-.
En efecto, los mencionados testigos lucieron coincidentes y concordantes en afirmar que el actor comenzó a trabajar para la demandada en el año 1999 –y no en el 2000, en que lo registró la empleadora-.
Destaco que los deponentes tuvieron conocimiento del tópico objeto de debate en forma directa, por ser compañeros de trabajo y haber laborado para la accionada –incluso al momento de las declaraciones continuaban siendo dependientes de ella-.
Además, sus testimonios lucen verosímiles y coherentes,
dan debida razón de sus dichos y reflejan sucesos –
insisto- que fueron percibidos en forma directa y Fecha de firma: 21/08/2020
Alta en sistema: 25/08/2020
Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX
Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX
personal por cada uno de los testigos, con indicación circunstanciada de tiempo, modo y lugar.
No soslayo que la apelante cuestiona dicha prueba testifical pero lo cierto es que la argumentación que desarrolla omite señalar imprecisiones o contradicciones que resulten relevantes, dado que se limita a hacer hincapié en cuestiones que no se exhiben determinantes a fin de dilucidar la materia objeto de debate –esto es,
atinentes a datos no vinculados a la fecha de ingreso del actor-.
En lo demás...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba