Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 18 de Julio de 2019, expediente CFP 006519/2011/4/CA003

Fecha de Resolución18 de Julio de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 6519/2011/4/CA3 CCCF - Sala I CFP 6519/2011/4/CA3 “Q M R J s/procesamiento sin prisión preventiva”

Juzgado 6 - Secretaría 11 Buenos Aires, 18 de julio de 2019.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Defensor Público Oficial, Dr. Gustavo E.

    Kollmann, interpuso a fs. 33/36 recurso de apelación contra el punto I del auto de fs. 1/29 en cuanto decreta el procesamiento sin prisión preventiva de R J Q M, tras considerarlo prima facie penalmente responsable, en calidad de partícipe necesario, del delito de estafa en grado de tentativa en concurso ideal con el de uso de documento público falso (artículos 172 y 292, en función del artículo 296 del Código Penal y 54 del CPPN).

  2. La causa se inició el 22 de marzo del año 2011, a raíz del procedimiento realizado por personal de la Comisaria n° 46 de la Policia Federal Argentina en la Estación Terminal de Ómnibus de Retiro de esta ciudad, oportunidad en la que se produjo la detención de C R N, quien exhibiendo documentación apócrifa, se presentó como G M G en la boletería de la empresa “Flecha Bus”, para cobrar un seguro de pérdida de equipaje por la suma de un mil quinientos pesos.

    Debido a que, a simple vista, lo exhibido por N parecía no ser original, se dio aviso a los preventores.

    Una vez en el lugar, la supuesta G (identificada ya como C R N), indicó estar allí porque un sujeto que se encontraba aguardándola a metros del lugar (Q M) le había dado esa documentación -copia del DNI de G con su fotografía inserta y un certificado de extravío de ese DNI, supuestamente expedido por PFA-, prometiendo darle una suma de dinero en contraprestación.

    Fecha de firma: 18/07/2019 Alta en sistema: 19/07/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #33777242#239982143#20190718132058101 Tras esa descripción, concurrieron a donde efectivamente se encontraba R J Q M a quien, producto de la requisa, se le secuestró un maletín con gran cantidad de documentación de similares características a la exhibida por N. (cfr. declaraciones del Inspector L M y de los Sargentos 1° A L y R M, de fs. 1/2, 3/4 y 5/7; y actas de detención y secuestro, de fs. 8 y 9/10 de los autos ppales, respectivamente).

  3. Una vez iniciada la pesquisa, Q M fue convocado en los términos del artículo 294 del CPPN, oportunidad en la que, frente a los hechos...

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