Q., L. E. c/ A., E. s/ALIMENTOS: MODIFICACION

Fecha14 Octubre 2022
Número de expedienteCIV 055435/2021/CA001
Número de registro6996

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

55435/2021

Q., L. E. c/ A., E. s/ALIMENTOS: MODIFICACION

Buenos Aires, 14 de octubre de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La actora, el demandado y la Defensoría de Menores de primera instancia apelaron la sentencia del 17 de mayo de 2022 y su aclaratoria del 2 de junio del mismo año,

    que hizo lugar al incidente de aumento de cuota y fijó los alimentos de B.F.A. en el treinta por ciento (30%) de todos sus ingresos totales netos –previa deducciones de ley únicamente-, que perciba por su trabajo.

    El memorial del demandado presentado el 31 de mayo de 2022 fue contestado el 6

    de de junio del mismo año. El de la actora el 11 de agosto de 2022, sin obtener respuesta.

    La Defensora de Menores e Incapaces dictaminó el 26 de septiembre de 2022 y mantuvo el recurso de apelación.

  2. ) Reiteradamente se ha establecido, que el pedido de modificación -aumento,

    disminución o cese- de la cuota alimentaria fijada en sentencia o por convenio, procede si ha habido una variación en los presupuestos de hecho que se tuvieron en cuenta para establecerla; sea que se hubiera modificado las posibilidades del alimentante o las necesidades del alimentado o que hubiese sobrevenido una causa legal de cese de la obligación alimentaria1. Queda a cargo de quien la pretende la prueba de aquellos extremos2.

    En ese caso, las partes pactaron en 2016 la cuota alimentaria de B.F.A., nacido el 26

    de noviembre de 2009, en el 20% de los ingresos del alimentante, más la suma de $1500

    por alimentos extraordinarios. En enero de 2019 y frente a los incumplimientos denunciados, se pactó una cuota de $4.000. Al año siguiente, se aumentó la cuota de $5.000. El 17 de noviembre de 2021 se fijaron alimentos provisorios en la suma de $16.000.

    El demandado trabaja en la categoría de intendente para el Consorcio de Propietarios del Edificio de la Calle Suipacha 201/43, con un sueldo neto de $129.909 a diciembre de 2021 (ver respuesta del 3/12/2021). La AFIP informó que se encuentra inscripto como monotributista categoría A en el rubro construcción, reforma y reparación de edificios residenciales y la actora también denunció que tiene una sociedad comercial “Ayarde & Bertone S.A.S” dedicada a varias actividades.

    La actora se desempeña en el Sanatorio San Justo y percibe ingresos entre $80.000 y $120.000 aproximadamente (ver audiencias testimoniales del 25/02/2022).

    1

    B., G., Régimen Jurídico de los Alimentos, Ed. Astrea, 1993, pág.557.

    2

    conf...

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