Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 18 de Marzo de 2021, expediente CIV 000480/2015/CA002 - CA001

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

480/2015

Q E I Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD - LEY 26.061

Buenos Aires, de marzo de 2021.- M

AUTOS; Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Este Tribunal, mediante la resolución del 23 de julio de 2020, revocó la resolución dictada a fojas 609/619 en la que se había decretado la situación de adoptabilidad de los niños y ordenó

    el ingreso de ambos juntamente con su padre V B A a un proceso terapéutico especializado para iniciar el proceso de revinculación. A

    esos efectos, se ordenó oficiar en la instancia de grado al “Equipo de Vinculaciones y Guardas” del Hospital T.G. y se encomendó a la magistrada que evaluara si, en función del resultado de la terapia de revinculación, debía disponerse el egreso de los niños con su progenitor o si debía mantenerse la situación de adoptabilidad de los niños.-

    Esto último es lo que decidió la jueza en su resolución del 21

    de diciembre de 2020, decisión que genera las quejas del Sr. B

    1. por las razones que expuso en su memorial del día 30 de diciembre de 2020, que fue respondido por la Defensoría Zonal el 8

    de enero de 2021 y por la Defensora Pública Tutora el día 18 de enero de 2021.-

    La Sra. Defensora de Cámara se pronunció en los términos de su dictamen del día 12 de marzo de 2021.-

  2. Según surge del sistema informático, la Trabajadora Social del Juzgado informó, entre otros aspectos, que el día 28 de septiembre de 2020 mantuvo una conversación telefónica con el Sr.

    B A quien le manifestó que mantenía “su intención de reanudar contacto con sus hijos, manifestando que no (había sido) aun contactado por los profesionales del Hospital T.G.…”. La licenciada informó a su vez que se comunicó con el aludido nosocomio y se le informó que “…los profesionales del área de Fecha de firma: 18/03/2021

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., PROSECRETARIO LETRADO

    Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA

    vinculaciones habían sido mudados en el mismo hospital sin poder brindar mayores precisiones...”. Recién el día 13 de octubre de 2020

    el Hospital T.G. informó que, con motivo de la pandemia y el aislamiento social preventivo y obligatorio, el servicio no se encontraba en condiciones de admitir nuevos casos para terapias de revinculación. Frente a ello, el día 15 de octubre de 2020 la trabajadora social del juzgado informó otros recursos institucionales donde podría cumplirse la terapia ordenada...

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