Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 24 de Octubre de 2013, expediente 12.439

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2013
EmisorSala 4

CAUSA N.. 12439 - SALA

IV “PULIAFITO, Santiago Cámara Federal de Casación Penal Manuel casación”

s/recurso de REGISTRO NRO. 2078.13.4

Buenos Aires, 24 de octubre de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N.. 12439 del Registro de este Tribunal, caratulada: “PULIAFITO, S.M. s/recurso de casación”, acerca del planteo de nulidad deducido a fs. 779/780vta. por la Defensora Pública de Menores e Incapaces Nº 4, doctora V.S., en representación de S.M.P..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 30 de agosto de 2013, esta S.I.

    resolvió: “HACER LUGAR a los recursos de casación interpuestos a fs. 640/648 y 649/670 por el Ministerio Público F. y la querella respectivamente, y, en consecuencia, CASAR la resolución obrante a fs. 612/635 e IMPONER a S.M.P. a la pena de 6 (seis) años de prisión, accesorias legales y costas en la instancia anterior, por resultar autor penalmente responsable del delito de homicidio simple (arts. 5,

    12, 29 inc. 3, 40, 41 y 79 del Código Penal y art. 4 de la ley 22.278). Sin costas en esta instancia (arts. 530, 531 y 532 del Código Procesal Penal de la Nación)” (Reg. Nº 1639/13.4,

    glosado a fs. 736/752vta.).

  2. Que con relación a dicho pronunciamiento, la doctora V.S., Defensora Pública de Menores e Incapaces N.. 4, en representación de S.M.P., interpuso el escrito que obra glosado a fs.

    779/780vta., en el que solicitó que se declare la nulidad de todo lo actuado a partir del auto de fs. 683 (en el cual se hizo saber a los interesados la radicación de las actuaciones en esta sala) y en consecuencia que los actos procesales celebrados a partir de allí que no sean considerados, por haberse omitido dar intervención a dicha parte.

    En sustento de su impugnación, la Defensora Pública de Menores e Incapaces argumentó que la referida omisión “…vulneró la normativa vigente –arts. 40. 2.b) ii y b) iii de la Convención sobre los Derechos del Niño; arts. 59 del Código Civil; arts. 412 y 413 del Código Procesal Penal de la Nación;

    arts. 56 de la Ley 24.212 (sic); arts. 54 y 56 de la Ley 24.946

    y art. 24 y 27 de la Ley 26.061-, y se apartó de la jurisprudencia nacional –CSJN Fallos: 115:328; 221. XLIV

    R., Rosa Patricia c/Estado Nacional y/o Estado Mayor General del Ejército Argentino

    rta. el 6/7/2010; 1123.

    XLIV.RHE “A., M.R. c/Estado Nacional s/recurso de hecho” rta. el 3/5/2011; CFCP S.I. causa nro. 14.859

    B., G.J. s/recurso de casación

    , rta.

    21/11/2011-, y de la internacional –Corte IDH caso “F. y familiares vs Argentina” sentencia dictada el 31 de agosto de 2012- que habilita a [ese] Ministerio a actuar hasta el fin del proceso penal en el cual estuviera involucrado un menor de edad, más allá de que este haya alcanzado su mayoría de edad durante la sustanciación del mismo”.

    La impugnante afirmó, asimismo, que la falta de notificación afectó el derecho de...

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