Puerta Mariano Ruben S/ Propia Quiebra

Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2010

CUIT, como así también en su caso, las cuentas a dónde se transferirán los fondos para las entidades que correspondan. El presente edicto deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 24 febrero de 2010.

Karin Martín de Ferrario, secretaria.

e. 08/03/2010 Nº 21123/10 v. 09/03/2010 4 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.I. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra.

Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 16 de febrero de 2010, en los autos caratulados 'Dasso Eduardo Roberto del Corazón de Jesús s/Quiebra', se resolvió decretar la quiebra de Dasso Eduardo Roberto del Corazón de Jesus (D.N.I. 10.202.980) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 05/05/10 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos.

Se fijan las fechas de 17/06/10 y el 13/08/10 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C.

respectivamente, pudiendo ser observado, el último, dentro de los 10 días de presentados art.

40 L.C. El síndico designado es el contador Moisés Gorelik con domicilio en Lavalle 1675 Piso 12 Depto. 9 y 10 al cual deberán concurrir los acreedores a verificar sus créditos. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 24 de febrero de 2010.

Karin Martín de Ferrario, secretaria.

e. 03/03/2010 Nº 19428/10 v. 09/03/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.

  1. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra. Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 16 de febrero de 2010, en los autos caratulados 'Magaexport S.R.L. s/Quiebra', se resolvió decretar la quiebra de Magaexport SRL. (CUIT 30-64806350-0) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 05/05/10 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR