Publicaciones de la Sección Suplemento Nº 1 de 26 de Octubre de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2017 Nº 28.142
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S U P L E M E N T O D E 16 P Á G I N A S
Decretos y Sociedades
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-588-E-GDEBA-GPBA
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 17 de Octubre de 2017
Referencia: 2972-602/16 - Designación ACUÑA Evangelina y otros.
VISTO el expediente N° 2972-602/16 y agregados sin acumular del
Ministerio de Salud, por el cual se solicita se designe, a partir del 1° de abril
de 2017, a diversas personas para desempeñar funciones en el Hospital
Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico “Colonia Dr. Domingo Cabred”
de Open Door dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la
Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, en el marco de lo
establecido por los artículos 147 y 148 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado
por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, y
CONSIDERANDO:
Que para propiciar dichas medidas se afectaron, en algunos casos
vacantes creadas por el artículo 52 de la Ley N° 14.552, y en otros casos
vacantes originadas por diferentes tipos de ceses del Personal de Planta
Permanente, contando con los actos administrativos respaldatorios
pertinentes, ambas vigentes en el Presupuesto General Ejercicio 2017 –
Ley N° 14.879;
Que las presentes designaciones se efectúan teniendo en cuenta
los extremos concernientes a la afectación de servicio y funcionamiento
operativo del establecimiento;
Que en autos se informa que las personas cuyas designaciones
se propician se desempeñarán efectivamente en establecimientos
hospitalarios del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con los
cargos necesarios, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General
Ejercicio 2017 – Ley Nº 14.879;
Que por razones de oportunidad y necesidades de servicios, las
designaciones referidas se instan a partir de fecha cierta, en excepción al
artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración
del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se
encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N°
10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por
Decreto N° 4161/96, en forma previa a la noticación del presente acto;
Que por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9.650/80 (texto
ordenado por Decreto N° 600/94), se estableció que el personal que realice
tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del
16% sobre la remuneración que perciba;
Que el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico “Colonia
Dr. Domingo Cabred” de Open Door, es considerado insalubre a los
efectos determinados por el Decreto Nº 1351/71, mediante el artículo 6º
de la Resolución Nº 164/72;
Que consecuentemente, resulta procedente dejar establecido que los
causantes deben efectuar el aporte previsional mensual al que se alude en
el sexto párrafo del considerando de la presente;
Que asimismo se solicitó se les otorgue la bonicación que prevé el
Decreto N° 4978/84, por desempeñar sus tareas en un establecimiento de
atención de enfermos mentales;
Que el decreto mencionado en el acápite precedente, en su artículo 2°,
jó el otorgamiento de una bonicación del 15% del sueldo correspondiente
a su categoría para el personal de Enfermería (Enfermeros y Auxiliares
de Enfermería) que desempeña sus tareas en forma estable en horario
nocturno en establecimientos hospitalarios provinciales, haciendo
extensiva tal bonicación a la totalidad del personal de dicha área
asistencial que presta servicios en cualquier otro turno en establecimientos
o servicios considerados insalubres, infectocontagiosos o de atención de
enfermos mentales, entrando en vigencia a partir del 1° de agosto de 1984;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Administración
del Capital Humano de la Subsecretaría de Capital Humano y la Dirección
Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía;
Que el nombramiento propuesto encuadra en los artículos 5°, 6° y
concordantes de la Ley N°10.430;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires;
SUPLEMENTO / PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2017
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de
Salud, a partir del 1° de abril de 2017, en el marco de lo establecido por
los artículos 147 y 148 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N°
1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en la Planta Permanente,
a las personas que se mencionan en el documento N° IF-2017-01609100-
GDEBADSTAMSALGP, que como Anexo Único forma parte integrante del
presente, en las condiciones que se indican en el mismo.
ARTÍCULO 2°: Las designaciones concretadas por el artículo
precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos
seis (6) meses a partir del 1° de abril de 2017, de conformidad con lo
establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por
Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 3°: Dejar establecido que la Delegación de la Dirección
Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud,
deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos
2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96),
reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la noticación del
presente acto a los interesados.
ARTÍCULO 4°: Otorgar, a partir del 1° de abril de 2017, la bonicación
del 15% del sueldo correspondiente a su categoría que prevé el artículo
2° del Decreto N° 4978/84, a los agentes que se mencionan en el Anexo
Único, por desempeñar sus tareas en un establecimiento de atención de
enfermos mentales.
ARTÍCULO 5°: Dejar establecido, que a partir del 1° de abril de 2017,
las personas que se mencionan en el Anexo Único, deben efectuar un
aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que
perciban, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b)
del Decreto-Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en
virtud que mediante el artículo 6° de la Resolución N° 164/72 se determinó
que, entre otros, el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico
“Colonia Dr. Domingo Cabred” de Open Door dependiente de la Dirección
Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de
las Personas, es considerado insalubre a los efectos determinados por el
Decreto N° 1351/71.
ARTÍCULO 6°: Atender el gasto que demande el cumplimiento de
lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112:
MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 02: Dirección Provincial de
Hospitales – Programa: Anexo Único Finalidad 3 - Función 1 – Procedencia
1 - Fuente 1 - Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 - Régimen
Estatutario 01 – Agrupamiento 4. Personal Técnico - Presupuesto General
Ejercicio 2017 – Ley N° 14.879.
ARTÍCULO 7°: El presente decreto será refrendado por el Ministro
Secretario en el Departamento de Salud y por el Ministro Secretario en el
Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 8°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial.
Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi Federico Salvai
Ministro Ministro
Ministerio de Salud Ministerio de Jefatura
de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
SUBSECRETARIA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROV INCIAL DE HOSPITALES
Anexo Único
HOSPITAL INTERZONAL ESPE CIALIZADO NEUROPS IQUIATRICO "COLONIA DR. DOMINGO CABRED" DE OPEN DOOR -Programa 0044
CON MAYORES APORTES PREVISIONALES RESOLUCION N° 164/ 72
APELLIDO Y NOMBRES DOCUMENTO FECHA DE
NACIMIENTO AG RUPAMIENTO CARGO CODIGO CAT .
REGIM EN
VACANTE
TIPO NUM ERO
HORARIO
1
ACUÑA, Evangelina
D.N.I 32.640.172
06/10/1986
Técnico
Auxiliar de
4-0000-
XIV -4
5
48 Hs.
Artículo 52 de la Ley Nº 14. 552 -
vigente en el Presupuesto General
Ejercic io 2017 -Ley N° 14.879
2
CAPARROZ, Vanesa Lorena
D.N.I 25.778.117
25/01/1977
Técnico
Auxiliar de
4-0000-
XIV -4
5
48Hs.
Resolución 11112 N° 1148/14
Anexo 1 P lanilla 53
FERNANDE Z, Maria Eva
3MADONA, Vilma Beatriz D.N.I 30.042.091 23/11/1982 Técni co
Auxiliar de
Enfermeria
4-0000-
XIV -4 5 48Hs.
Artículo 52 de la Ley Nº 14. 552 -
vigente en el Presupuesto General
Ejercic io 2017 -Ley N° 14.879
4
MORALES, Hernando David
D.N.I 31.793.248
13/03/1985
Técnico
Auxiliar de
4-0000-
XIV -4
5
48 Hs.
Resolución 11112 N° 1683/15
Anexo 1 P lanilla 1
CAMINOS, Oscar Omar
5
CHICHOTEA, Santiago Nicolas
D.N.I 31.322.137
14/11/1984
Técnico
4-0000-
XIV -4
5
48 Hs.
Resolución 11112 N° 1683/15
Anexo 1 P lanilla 1
GUTIERREZ, Nilda del P ilar
6
D'AMICO, Brenda Nahir
D.N.I 35.794.862
14/10/1991
Técnico
4-0000-
XIV -4
5
48 Hs.
Resolución 11112 N° 2111/13
MALAHERRE, Patricia Elena
7DIAZ, Luciana P atricia D.N.I 34.852.180 29/09/1989 Técnico Enfermera
4-0000-
XIV -4 5 48 Hs.
Artículo 52 de la Ley Nº 14. 552 -
vigente en el Presupuest o General
Ejercic io 2017 -Ley N° 14.879
8PEREYRA, Oliver Ariel Heraldo D.N.I 22.110.115 15/01/1971 Técnico Enfermero
4-0000-
XIV -4 5 48 Hs.
Resolución 11112 N° 774/15
Anexo 1 P lanilla 46
BRACAMONTE, Carlos Alberto
IF-2017-01609100-GDEBA-DSTAMSALGP
página 1 de 1
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-571-E-GDEBA-GPBA
BUENOS AIRES, LA PLATA
Miércoles 11 de Octubre de 2017
Referencia: Expediente Nº 4011-19567/12 Alcance N° 6 - Convalidación
Ordenanza Pdo. de Berazategui.
VISTO el expediente Nº 4011-19567/12 Alcance N° 6 mediante el cual
se gestiona la aprobación de la propuesta presentada por el Municipio de
Berazategui por la que se modica la normativa de zonicación vigente en
ese partido, y
CONSIDERANDO:
Que por la propuesta elevada se gestiona la convalidación provincial
de la Ordenanza N° 4807/13, promulgada el 3 de mayo de 2013 por
Decreto N° 883/13, obrante en copia a fojas 508/511, por la cual se
promueve desafectar de la Zona de Reserva (Re) los predios identicados
como Circunscripción VI, Sección E, Fracción I, Parcelas 12, 13, 14a,
2h, 2f y Circunscripción VI, Sección E, Fracción II, Parcelas 3a, 3b, 3c,
afectándolos a la Zona Residencial Extraurbana 6 (REU 6);
Que la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental del Organismo
Provincial para el Desarrollo Sostenible evaluó la documentación
acompañada produciendo informe a fojas 474/484, sin formular objeciones
desde el punto de vista ambiental respecto de la convalidación propiciada,
criterio compartido por la Coordinación Ejecutiva de Fiscalización
Ambiental a fojas 485;
Que a fojas 504/505 se expide la Dirección de Usos del Suelo y
Ordenamiento Territorial;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR