Publicaciones de la Sección Suplemento Nº 1 de 09 de Octubre de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2017 Nº 28.130
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SUPLEMENTO DE 46 PÁGINAS
Resoluciones
RESOLUCIONES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-300-E-GDEBA-MGGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Viernes 29 de septiembre de 2017
Referencia: 2200-4228/2017. Feriados Octubre
VISTO el expediente Nº 2200-4228/2017 mediante el cual la
Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Municipales propicia, en el marco de
lo solicitado por diversos Municipios de la Provincia, declarar no laborables
y feriados los días en los cuales se celebren festividades locales, y
CONSIDERANDO:
Que los municipios requirentes han planicado, para los días en los
cuales se conmemoren aniversarios o estas patronales, actos y festejos
que contarán con masiva concurrencia;
Que con el n de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor
participación de la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado,
dictando el pertinente acto administrativo que declare no laborables,
para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires y
feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades, los
días en los cuales se desarrollen dichas festividades;
Que la Dirección General de Escuelas ha solicitado exceptuar a
las instituciones dependientes de la misma de los feriados o asuetos
municipales que se declaren no laborales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 2º del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO Nº 272/17 E, EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Declarar no laborables, para la Administración Pública
y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriados optativos para
la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales
se desarrollen festividades, en los distintos partidos y localidades de la
Provincia de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo Identicado
como IF-2017-02831243 GDBA, que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°: Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo precedente a
las instituciones y dependencias pertenecientes a la Dirección General de
Cultura y Educación.
ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial,
pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Joaquín De La Torre
Ministro
Ministerio de Gobierno
C.C. 11.738
PARTIDOS
HIPÓLITO YRIGOYEN 1 de Octubre Patronal
ROJAS 4 de Octubre Patronal
MORÓN 6 de Octubre Patronal
MORENO 7 de Octubre Patronal
ALBERTI 7 de Octubre Patronal
ARRECIFES 7 de Octubre Patronal
MAIPÚ 7 de Octubre Patronal
SAN ANDRÉS DE GILES 8 de Octubre Fundación
ESCOBAR 9 de Octubre Aniversario
PILAR 12 de Octubre Patronal
TORDILLO 12 de Octubre Patronal
LANÚS 15 de Octubre Patronal
TRES DE FEBRERO 15 de Octubre Fundación
S.A. DE ARECO 16 de Octubre Fundación
BRAGADO 7 de Octubre Creación
EZEIZA 20 de Octubre Fundación
MALVINAS ARGENTINAS 20 de Octubre Fundación
BRANDSEN 21 de Octubre Aniversario
GENERAL PINTO 23 de Octubre Fundación
MARCOS PAZ 23 de Octubre Fundación
ITUZAINGÓ 24 de Octubre Fundación
RAMALLO 24 de Octubre Fundación
SUIPACHA 24 de Octubre Fundación
MORENO 25 de Octubre Fundación
GRAL LAS HERAS 25 de Octubre Aniversario
SUPLEMENTO / PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2017
GRAL RODRÍGUEZ 25 de Octubre Creación
ALBERTI 27 de Octubre Fundación
LEANDRO N ALEM 28 de Octubre Aniversario
COLÓN 31 de Octubre Aniversario
BENITO JUÁREZ 31 de Octubre Fundación
LOCALIDADES
EL TRIUNFO LINCOLN 1 de Octubre Patronal
RIVERA A. ALSINA 1 de Octubre Patronal
IRIARTE GRAL PINTO 1 de Octubre Patronal
COMANDANTE
NICANOR OTAMENDI GRAL ALVARADO 1 de Octubre Patronal
MAR DEL SUD GRAL ALVARADO 1 de Octubre Patronal
CARLOS SALAS LINCOLN 1 de Octubre Fundación
SANTA ELEODORA GRAL VILLEGAS 1 de Octubre Patronal
CASBAS GUAMINÍ 1 de Octubre Patronal
RAMÓN
SANTAMARINA NECOCHEA 2 de Octubre Fundación
BANDERALÓ GRAL. VILLEGAS 4 de Octubre Patronal
ARRIBEÑOS GRAL. ARENALES 4 de Octubre Patronal
DARREGUEIRA PUÁN 5 de Octubre Fundación
J.A. DE LA PEÑA PERGAMINO 7 de Octubre Patronal
MARÍA
IGNACIA - VELA TANDIL 7 de Octubre Patronal
JUAN JOSÉ PASO PEHUAJÓ 7 de Octubre Patronal
VILLALONGA PATAGONES 7 de Octubre Patronal
MURATTURE A. ALSINA 8 de Octubre Fundación
PELICURÁ TORNQUIST 8 de Octubre Fundación
ORIENTE CNEL DORREGO 10 de Octubre Creación
SALAZAR DAIREAUX 11 de Octubre Aniversario
RANCHOS GRAL PAZ 12 de Octubre Patronal
CARLOS SALAS LINCOLN 12 de Octubre Patronal
NECOCHEA CDAD NECOCHEA 12 de Octubre Fundación
CHASICÓ TORNQUIST 12 de Octubre Fundación
LOS TOLDOS GRAL VIAMONTE 12 de Octubre Patronal
GARRÉ GUAMINÍ 13 de Octubre Patronal
URQUIZA PERGAMINO 13 de Octubre Patronal
GAHAN SALTO 13 de Octubre Patronal
SAN MANUEL LOBERÍA 13 de Octubre Patronal
GARRÉ GUAMINÍ 15 de Octubre Fundación
ACEVEDO PERGAMINO 15 de Octubre Patronal
LAGUNA ALSINA GUAMINÍ 16 de Octubre Patronal
BAHÍA SAN BLAS PATAGONES 18 de Octubre Fundación
VILLA CACIQUE BENITO JUÁREZ 18 de Octubre Fundación
BARKER BENITO JUÁREZ 18 de Octubre Fundación
PIROVANO BOLÍVAR 20 de Octubre Fundación
CHIVILCOY CDAD CHIVILCOY 22 de Octubre Fundación
LÍBANO GRAL LA MADRID 24 de Octubre Fundación
NUEVA PLATA PEHUAJÓ 24 de Octubre Patronal
PUNTA DEL INDIO PUNTA INDIO 25 de Octubre Fundación
NUEVE DE
JULIO CDAD NUEVE DE JULIO 27 de Octubre Fundación
C.C. 11.738
Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 203
La Plata, 31 de mayo de 2017.
VISTO la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la Ley de Educación
Provincial Nº 13.688, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación
Nº 18/07, 59/08, 124/10, 168/12, 222/14 y 312/16 y el Expediente N°
5802-1948714/17 y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 de la Ley Nacional de Educación establece que el
Sistema Educativo tendrá una estructura unicada en todo el país que
asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y articulación de los
niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los títulos y
certicaciones que se expidan;
Que el artículo 10 de la Ley 13.688, determina que la Provincia, a
través de la Dirección General de Cultura y Educación. Propicia la
integración del Sistema Educativo Provincial con el conjunto de la Nación
y de las otras jurisdicciones, como parte integrante de un único sistema
educativo basado en los principios de federalismo educativo, y dispondrá
de la articulación de las leyes vinculadas de manera concertada con las
otras jurisdicciones para asegurar la integración, la movilidad de alumnos y
docentes, la equivalencia de certicaciones y la continuidad de los estudios
sin requisitos supletorios;
Que los títulos y certicados analíticos de estudios completos que
se expiden para la Educación Secundaria y la Educación Superior y sus
respectivas Modalidades deben contar con medidas de seguridad que
evidencien su veracidad y autenticidad;
Que la Resolución Nº 58/09 del CFE aprobó la implementación en
todo el país del Sistema Federal de Títulos y Certicados Analíticos con
Resguardo Documental;
Que la implementación del Sistema Federal ha permitido, en todo el
país, la unicación de criterios para la emisión, formato, contenido y control
de los títulos y certicados emitidos por las instituciones educativas,
así como también ha fortalecido la conabilidad de la documentación
jurisdiccional;
Que en uso de las facultados conferidas por el artículo 71 de la Ley
N° 13.688, resulta viable el dictado de la presente;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Crear, bajo su dependencia, el Área de control de
emisión de títulos de Nivel Secundario y Superior, para ambas gestiones
del sistema educativo provincial y sus respectivas Modalidades, a efectos
de la gestión e implementación, en esta Provincia, del “Sistema Federal de
Títulos y Certicaciones con Resguardo Documental”, Resolución del CFE
Nº59/08 y sus modicatorias.
ARTÍCULO 2°: Encomendar al Área de control de emisión de títulos de
Nivel Secundario y Superior, para ambas gestiones del sistema educativo
provincial y sus respectivas Modalidades, las siguientes tareas:
1. Articular con el Departamento de Títulos y Legalizaciones
y las Direcciones de Nivel y Modalidad correspondientes
del Sistema Educativo Provincial las acciones referidas
a la obtención, distribución, recuperación, rendición e
información de los formularios del Sistema Federal de Títulos
y Certicaciones.
2. Efectuar el control de la confección de los títulos de Nivel
Secundario y Superior y sus respectivas Modalidades para
ambas gestiones del Sistema Educativo Provincial.
3. Vericar la correspondencia de la carga y/o grabado
que realizan las instituciones educativas con los Diseños
Curriculares vigentes en la Jurisdicción.
4. Constatar la validez provincial y nacional de los títulos que
emiten las instituciones educativas de Nivel Secundario y
Superior y sus respectivas Modalidades para ambas gestiones
del Sistema Educativo Provincial
5. Llevar un registro digital de las rmas de las autoridades
pedagógicas de los establecimientos educativos registradas
y autorizadas por la Dirección de Nivel y/o Modalidad que
a la fecha de la emisión de los títulos y certicaciones se
encuentran vigentes en sus cargos.
6. Cotejar que las personas que validan la carga y/o grabado
de los títulos en cada institución educativa son las autoridades
pedagógicas registradas y autorizadas por la Dirección de
Nivel y/o Modalidad que a la fecha de la emisión se encuentran
vigentes en sus cargos.
ARTÍCULO 3°: Establecer que la Subsecretaría de Educación,
designará los responsables de validar con su rma la supervisión
pedagógica de los títulos emitidos por las instituciones educativas,
de ambas gestiones, de la provincia de Buenos Aires, de sus niveles
Secundario y Superior y sus respectivas Modalidades.
ARTÍCULO 4°: Aprobar el Instructivo SIGME - Gestión de
Establecimientos (títulos) para el procedimiento administrativo de carga/
grabado por parte de los establecimientos educativos, de ambas gestiones,
de la provincia de Buenos Aires, de sus niveles Secundario y Superior y
sus respectivas Modalidades, que como Anexo Único, consta de 20 fojas,
y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 5°: Registrar esta Resolución, que será desglosada para
su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en
su reemplazo agregará copia autenticada de la misma, comunicar a la
Subsecretaría Administrativa, al Consejo General de Cultura y Educación,
a la Dirección Provincial de Gestión Educativa, a la Dirección Provincial de
Educación Secundaria, a la Dirección Provincial de Educación Superior, a
la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional, a las Direcciones
de Modalidad, a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada,
a la Dirección de Inspección General, a la Dirección de Tribunales de
Clasicación (Comisión Permanente de Estudio de Títulos), a la Dirección
de Gestión de Asuntos Docentes, a la Dirección Provincial de Gestión
de Recursos Humanos, a la Dirección de Personal, al Departamento
Registro de Títulos y Legalizaciones, a la Dirección Provincial de Consejos
Escolares, al CENDIE y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar,
dar al Boletín Ocial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Sergio Hernán Siciliano
Subsecretario de Educación
Provincia de Buenos Aires
SUPLEMENTO / PÁGINA 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2017
INSTRUCTIVO
SIGME - Gestión de
Establecimiento
(Títulos)
Subsecreataría de Educación
Área Títulos abc.gob.ar
Dirección General de Cultura y Educación
ANEXO ÚNICO

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