Publicaciones de la Sección Suplemento Nº 1 de 18 de Abril de 2017

Nº 28.011
AÑO CVIII/ LA PLATA, MARTES 18 DE ABRIL DE 2017
S U P L E M E N T O D E 48 PÁGINAS
Varios
Varios
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Provincia de Buenos Aires
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 1-322.0-2014.
Ente u Organismo: TRABAJOS PENITENCIARIOS ESPECIALES.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar las rendiciones de cuentas de los pagos efectuados
por los responsables de la Repartición durante el año 2014, por la suma de pesos un
millón setecientos noventa y seis mil ciento sesenta y siete con noventa y tres centavos ($
1.796.167,93) con imputación a la Jurisdicción 16, Entidad 01, Programa 07: TRABAJOS
PENITENCIARI OS ESPECIAL ES, Egresos Presupues tarios del Ejercicio (Diversos),
Residuos Pasivos con libramiento y Egresos Extrapresupuestarios Diversos, tal como se
expresa en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar la recaudación del Ejercicio 2014 por la suma de
pesos un millón trescientos cincuenta y ocho mil setecientos con noventa y dos centavos
($ 1.358.700,92), de acuerdo a lo expresado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Aprobar el saldo de fondos al cierre del Ejercicio 2014 de pesos
ciento cincuenta y cinco mil doscientos veinte con treinta y un centavos ($ 155.220,31), en
concordancia con lo expuesto en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar constancia de lo expresado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia a la señora Gobernadora (artí-
culo 144 de la Constitución Provincial), al Ministro de Coordinación y Gestión Pública, al
señor Presidente del Consejo de Administración de la Cuenta Especial, a los señores
Presidentes de las H. Cámaras de Diputados y Senadores como complemento de la
Cuenta General del Ejercicio (control de mérito) y al señor Contador General de la
Provincia (Ley de Administración Financiera Nº 13767).
ARTÍCULO SEXTO: Rubricar esta sentencia que consta de cuatro fojas por el Director
General de Receptoría y Procedimiento (Resolución Nº 18/16 del H. Tribunal de Cuentas
de la Provincia de Buenos Aires), firmarla en un ejemplar y comunicarla a la Relatoría que
tenga a su cargo el estudio de cuentas del Ejercicio 2015 con copia de la presente sen-
tencia que se agregará a las actuaciones respectivas. Devolver a la repartición de origen
la documentación requerida para este estudio. Publíquese en el Boletín Oficial y en la pági-
na web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modi-
ficaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 3-117.0-2014.
Ente u Organismo: Municipalidad de TORDILLO.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de TOR-
DILLO, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ap robar el saldo de Pesos Tres Millones Seiscientos
Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Ocho con Cincuenta y Seis Centavos ($ 3.659.308,56)
que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el
Considerando Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento a las formalidades legales
y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo
aplicar amonestación al Intendente Municipal y Responsable de Coordinación del
Macrosistema Héctor Aníbal Olivera; al Contador Municipal Carlos Alberto Arbide y llama-
do de atención a la Tesorera Municipal y Responsable del Sistema de Ingresos Públicos
Laura Beatriz Sánchez; al Responsable del Órgano Rector de Presupuesto y Responsable
del Sistema de Bienes Físicos Rodolfo Lino Verón; al Presidente del Honorable Concejo
Deliberante Waldo Omar Ojeda y a la Jefe de Compras Municipal Alicia Edith Herrera.
(Artículo 16 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº
10869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre el tema tratado en el
Considerando Tercero y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para
informar en su próximo estudio.
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
LA PLATA, MARTES 18 DE ABRIL DE 2017
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Municipal Héctor Aníbal Olivera, el
Presidente del Honorable Concejo Deliberante Waldo Omar Ojeda, el Contador Municipal
Carlos Alberto Arbide y el Director de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Ricardo
Aníbal López, todos ellos alcanzados por la Reserva dispuesta por el Artículo anterior, no
deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y definitivamente
sobre el tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Héctor Aníbal Olivera, Carlos Alberto Arbide, Laura
Beatriz Sánchez, Rodolfo Lino Verón, Waldo Omar Ojeda y Alicia Edith Herrera de las san-
ciones que particularmente se les impusieron a cada uno de ellos en el Artículo Cuarto.
Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quin-
ce (15) días conforme lo establecido en el artículo 38º de la Ley Orgánica del Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias. Para
el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa,
deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires,
dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de
la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Héctor Aníbal Olivera, Waldo Omar Ojeda, Carlos
Alberto Arbide y Ricardo Aníbal López, de las Reservas dispuestas por el Artículo Quinto
que antecede.
ARTÍCULO NOVENO: Poner en conocimiento de la AFIP lo expuesto en los incisos 7
y 8 del Considerando Segundo.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIV, con
sede en la ciudad de Dolores.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno
de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Tordillo.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Rubricar por el Direct or General de Receptoría y
Procedimiento (Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia
de Buenos Aires) el presente fallo que consta de nueve fojas; firmarlo en un ejemplar.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus
modificaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 3-103.0-2014.
Ente u Organismo: Municipalidad de SALTO.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de
SALTO, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Catorce Millones Setecientos
Cincuenta y Un Mil Cincuenta y Nueve con Setenta Centavos ($ 14.751.059,70) que la
Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando
Sexto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo y Tercero y de lo particular-
mente expuesto sobre el inciso 13) del Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo
aplicar Multas de $ 5.500,00 al Intendente Municipal Oscar René Brasca y de $ 4.500,00
al Contador Municipal Daniel Eugenio Atencio y Llamado de Atención al Secretario de
Gobierno Alberto Arnaldo Pérez, al Director de Asuntos Legales Eduardo Osvaldo Gómez,
al Director de Recursos Humanos Walter Mario Bagnis, al Director de Compras Diego
Fernando Precone, al Departamento de Patrimonio a cargo de Diego Marcelo Cipollone y
a la Tesorera Municipal Marcela Andrea Daneri. (Artículo 16 de la Ley Orgánica del
Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10869 y sus modifi-
catorias)
ARTÍCULO QUINTO Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable
Tribunal de Cuentas sobre el tema tratado en los Considerandos Cuarto y Quinto Inciso
1) y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para informar en su pró-
ximo estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Municipal Oscar René Brasca, el
Contador Municipal Daniel Eugenio Atencio, el Director de Asuntos Legales Eduardo
Osvaldo Gómez, el Jefe de Compras Roberto Horacio Marchese y la Tesorera Clelia
Beatriz Nascimbene, funcionarios alcanzados por las Reservas del Artículo Quinto, no
deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, no se pronuncie concreta y definitivamente res-
pecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto la reserva dispuesta en el Considerando
Quinto inciso 2), liberando de responsabilidad al Intendente Municipal Oscar René
Brasca, al Intendente Municipal Ricardo José Alessandro, al Contador Municipal Daniel
Eugenio Atencio, al Director de Asuntos Legales Eduardo Osvaldo Gómez.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Oscar René Brasca, Daniel Eugenio Atencio, Alberto
Arnaldo Pérez, Eduardo Osvaldo Gómez, Walter Mario Bagnis, Diego Fernando Precone,
Diego Marcelo Cipollone y Marcela Andrea Daneri de las sanciones que particularmente
se les imponen a cada uno de ellos en el Artículo Cuarto, y fijarles a los funcionarios alcan-
zados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa (90) días para que procedan a depo-
sitar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nº
1.865/4 (multas pesos), a la orden del Señor Presidente del Honorable Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, debiéndose comunicar fehacientemente a este
Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acredi-
ten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá
ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días conforme lo establecido por el artículo
38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por
interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el
artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de
causa y juzgado interviniente. Todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr.
Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes. (Artículo 159 de la
Constitución Provincial y 33 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la
Provincia de Buenos Aires, Nº 10.869 y modificatorias).
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a Oscar René Brasca, Daniel Eugenio Atencio,
Eduardo Osvaldo Gómez, Roberto Horacio Marchese y Clelia Beatriz Nascimbene, de las
reservas dispuestas por el Artículo Quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a Oscar René Brasca, Ricardo José Alessandro, Daniel
Eugenio Atencio y Eduardo Osvaldo Gómez de lo dispuesto en el Artículo Séptimo de la
presente Sentencia.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XI
con sede en la ciudad de Mercedes.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno
de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Salto.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Rubricar por el Director General de Receptoría y
Procedimiento (Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia
de Buenos Aires) el presente Fallo que consta de diecisiete fojas y firmarlo y reservar este
expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados
en el Artículo Octavo. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus
modificaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 3-076.0-2014.
Ente u Organismo: Municipalidad de MERLO.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de
MERLO, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprob ar el saldo de Pesos Nov enta y Tres Millones
Quinientos Diecisiete Mil Ochocientos Doce con Ochenta y Cinco ($ 93.517.812,85) que
la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Resultando
IX.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo,
aplicar amonestación al Intendente Municipal y Responsable de la Coordinación del
Macrosistema Raúl Alfredo Othacehé y llamado de atención al Contador Municipal
Federico Matías López; a la Contadora Municipal Silvia Noemí Duque; a la Subsecretaria
de Compras Paola Analía Medina; a la Tesorera Municipal Graciela Irene Descarrega; al
Secretario de Economía y Finanzas Jorge Oscar Castaldo; al Subsecretario de Contralor
de Servicios José Raimundo Moreno; al Secretario de Economía y Finanzas Cristian
Damián Pujales; al Intendente Municipal Ricardo Héctor Giacomino y al Subsecretario de
Compras Cristian Alberto González. (Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Raúl Alfredo Othacehé; Federico Matías López; Silvia
Noemí Duque; Paola Analía Medina; Graciela Irene Descarrega; Jorge Oscar Castaldo;
José Raimundo Moreno; Cristian Damián Pujales; Ricardo Héctor Giacomino y Cristian
Alberto González, de las sanciones que particularmente se le impone a cada uno de ellos
en el Artículo Cuarto. Asimismo se les hace saber a los funcionarios que la sentencia
podrá ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días conforme lo establecido en el artí-
culo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte
por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el
artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de
causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor
Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159
de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona V, con
sede en la ciudad de San Justo.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de
la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Merlo.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento
(Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires)
el presente fallo que consta de trece fojas; firmarlo en un ejemplar. Publíquese en el
Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus
modificaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 3-054.0-2014.
Ente u Organismo: Municipalidad de GENERAL VILLEGAS.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de GENE-
RAL VILLEGAS, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de $ 16.785.543,87 (Dieciséis Millones
Setecientos Ochenta y Cinco Mil Quinientos Cuarenta y Tres con Ochenta y Siete
Centavos) que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en
el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo,
aplicar amonestación al Intendente Municipal Horacio Daniel Pascual y llamado de aten-
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ción a la Contadora Municipal Cristina Paola Vicentín; al Tesorero Municipal Valentín
Francisco y al Director de Presupuesto José Pedro Álvarez Parisi. (Artículo 16 de la Ley
Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869
y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable
Tribunal de Cuentas sobre los temas tratados en el Considerando Tercero incisos 2), 4),
5), 7), 8), 9) y 10) y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para infor-
mar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Municipal Gilberto Oscar Alegre,
Horacio Daniel Pascual en carácter de Intendente, Secretario de Hacienda y Concejal, el
Contador Municipal Alejandro Darío Matilla, la Contadora Municipal - Responsable de
Bienes Físicos Cristina Paola Vicentín, el Tesorero Municipal Raúl Omar Betanzo, la
Directora de Asuntos Jurídicos Silvia Mónica Baragiotta, el Director de Asuntos Jurídicos
Martín Leiva, la Directora de Rentas Emma Eloisa Segretín Gutiérrez, los Directores de
Asuntos Jurídicos César Aníbal Leiva y Martín Leiva y los Concejales José Antonio
Irastorza; Carlos José García; María Victoria Loyarte; Vicente Humberto Canaparo;
Serafín Serrano; Oscar Ricardo Valdebenito; Guillermo Juan Alba; Fernando Enrique Galli;
Jorge Vicente Miranda; Antonio Alfonso Mendez; Walter Santos Cassano; Francisco
Pedro Abba; Delia Susana Brime; Viviana Lilian Baragiotta; Karina Fabiana Toledo; Olga
María Casado; Daniela Luján Vicente; Adrián Cristian Raspo; Daniel Antonio Cepa; María
del Carmen García; Leandro Adalberto Zaragoza; Mario César Gómez; María Valeria
Iglesias; Francisco Javier Mayorga; Sandra Miriam Ravera; Gustavo Marcelo Santillán;
David Gabino Labarta, todos ellos alcanzados, según el caso, por las Reservas del
Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el
Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concre-
ta y definitivamente sobre los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto las Reservas dispuestas en el Considerando
Tercero incisos 1) y 6) liberando de responsabilidad al Intendente Municipal Gilberto
Oscar Alegre, al Intendente Municipal Horacio Daniel Pascual, a la Contadora Municipal
y Responsable del Sistema de Bienes Físicos Cristina Paola Vicentín, a los Directores de
Asuntos Jurídicos Silvia Mónica Baragiotta y Martín Leiva.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto la Reserva dispuesta por el inciso 3) del
Considerando Tercero con la salvedad señalada al final de dicho inciso, debiendo comu-
nicarse de ello al Intendente Municipal Gilberto Oscar Alegre, al Intendente Municipal
Horacio Daniel Pascual, a la Contadora Municipal Cristina Paola Vicentín y la Presidente
del Bloque de Concejales UCR-FAP Maricel Karina Coronel.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a Horacio Daniel Pascual; Cristina Paola Vicentín;
Valentín Francisco y José Pedro Álvarez Parisi, de las sanciones que particularmente se
les imponen a cada uno de ellos por el Artículo Cuarto. Se les hace saber a los funcio-
narios que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días confor-
me lo establecido en el artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso
en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá
notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro
del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la
demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibi-
miento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones
pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley
10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a Gilberto Oscar Alegre, Horacio Daniel Pascual,
Alejandro Darío Matilla, Cristina Paola Vicentín, Raúl Omar Betanzo, Silvia Mónica
Baragiotta, Martín Leiva, Emma Eloisa Segretín Gutiérrez, César Aníbal Leiva y Martín
Leiva, José Antonio Irastorza; Carlos José García; María Victoria Loyarte; Vicente
Humberto Canaparo; Serafín Serrano; Oscar Ricardo Valdebenito; Guillermo Juan Alba;
Fernando Enrique Galli; Jorge Vicente Miranda; Antonio Alfonso Mendez; Walter Santos
Cassano; Francisco Pedro Abba; Delia Susana Brime; Viviana Lilian Baragiotta; Karina
Fabiana Toledo; Olga María Casado; Daniela Luján Vicente; Adrián Cristian Raspo; Daniel
Antonio Cepa; María del Carmen García; Leandro Adalberto Zaragoza; Mario César
Gómez; María Valeria Iglesias; Francisco Javier Mayorga; Sandra Miriam Ravera; Gustavo
Marcelo Santillán; David Gabino Labarta, todos ellos alcanzados, según el caso, por las
Reservas del Artículo Quinto del presente decisorio.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a Gilberto Oscar Alegre, Horacio Daniel Pascual,
Cristina Paola Vicentín, Silvia Mónica Baragiotta, Martín Leiva y Maricel Karina Coronel,
de lo dispuesto por los Artículos Séptimo y Octavo del presente decisorio, según corres-
ponda.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente Sentencia a la Delegación Zona XV,
con sede en Pehuajó.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de General Villegas.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Rubricar por el Director General de Receptoría y
Procedimiento (Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia
de Buenos Aires) el presente fallo que consta de diecisiete fojas; firmarlo en un ejemplar.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus
modificaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 3-039.0-2014.
Ente u Organismo: Municipalidad de GENERAL ALVEAR.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de GENE-
RAL ALVEAR, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Doce Millones Doce Mil
Ochocientos Diecisiete con O chenta y Tres centavos ($ 12.012.817,8 3) que la
Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando
Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo y de lo particularmente
expuesto en el inciso 8).
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo
aplicar amonestación al Intendente Municipal Luis Alejandro Cellillo y a la Contadora
Municipal y Responsable del Sistema de Crédito Público Marta Vivian De Titta y llamado
de atención a la Tesorera Municipal Delia Beatriz López, a la Secretaria de Hacienda
Melina Erica England, a la Directora de Presupuesto Elizabeth Medina y al Director
General de Obras Públicas y Responsable del Sistema de Inversión Pública Juan José
Bautista. (artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la
Provincia de Buenos Aires, 10869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Luis Alejandro Cellillo, Marta Vivian De Titta, Delia
Beatriz López, Melina Erica England, Elizabeth Medina y Juan José Bautista, de las san-
ciones que particularmente se le impone a cada uno de ellos por el Artículo Cuarto.
Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quin-
ce (15) días conforme lo establecido en el artículo 38º de la Ley Orgánica del Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias. Para
el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa,
deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires,
dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de
la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIX –
25 de Mayo de este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de General
Alvear.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento
(Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires)
el presente fallo que consta de nueve fojas; firmarlo en un ejemplar. Publíquese en el
Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus
modificaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 03/03/2016.
Nº de Expediente: 3-013.0-2014.
Ente u Organismo: Municipalidad de BOLÍVAR.
Ejercicio: 2014.
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de BOLI-
VAR, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de $ 38.960.559,75 (Pesos Treinta y Ocho
Millones Novecientos Sesenta Mil Quinientos Cincuenta y Nueve con Setenta y Cinco
Centavos) que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en
el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo
aplicar llamado de atención al Intendente Municipal Eduardo Luján Bucca; al Contador
Municipal Marcelo Antonio D´Aloia; al Secretario de Gobierno y Hacienda – Órgano
Responsable del Macrosistema Integrado de la Administración Gisela Jazmín Romera; al
Tesorero Municipal Marcelo Fabián Lazarte; al Presidente del Honorable Concejo
Deliberante Francisco Siro Flores; a los Concejales José Antonio Bucca; Mirta María
Carona; Claudio Alfredo Carretero; Sergio Luis Croce; Soraya Adriana Eberhard; José
Gabriel Erreca; Jorge Rubén González; Oscar Esteban Ibañez; María Estela Jofre; Juan
José Nicola; María Emilia Palomino; Susana Sara Patti; Mauro Rubén Pérez; Marcos
Emilio Pisano y Marcelo Salamanco. (Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento definitivo de este
Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre el tema tratado en
el Considerando Tercero inciso 1) del presente decisorio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Municipal Eduardo Luján Bucca; el
Director del Hospital Miguens José María Maluendez; el Director del Hospital Dr.
Pirovano Jorge Alberto Salamanco; no deberán considerarse exentos de responsabilidad
hasta tanto el Honorable Concejo Deliberante no se pronuncie concreta y definitivamen-
te sobre los temas tratados en las reservas dispuestas en el Artículo anterior.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto la reserva dispuesta por el Artículo Tercero
inciso 2) con la salvedad expuesta al final del mismo.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Eduardo Luján Bucca; Marcelo Antonio D´Aloia;
Gisela Jazmín Romera; Marcelo Fabián Lazarte; Francisco Siro Flores; José Antonio
Bucca; Mirta María Carona; Claudio Alfredo Carretero; Sergio Luis Croce; Soraya Adriana
Eberhard; José Gabriel Erreca; Jorge Rubén González; Oscar Esteban Ibañez; María
Estela Jofre; Juan José Nicola; María Emilia Palomino; Susana Sara Patti; Mauro Rubén
Pérez; Marcos Emilio Pisano y Marcelo Salamanco de las sanciones que particularmen-
te se les imponen a cada uno de ellos por el Artículo Cuarto. Asimismo, se le hace saber
que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días conforme lo
establecido en el artículo 38º de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el res-
ponsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a
este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo
que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, cará-
tula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a Eduardo Luján Bucca, Jorge Alberto Salamanco,
José María Maluendez de la reserva dispuesta por el Artículo Quinto del presente deci-
sorio.

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