Publicaciones de la Sección Suplemento de 11 de Diciembre de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2017 Nº 28.172
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S U P L E M E N T O D E 11 P Á G I N A S
D e c r e t o s
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-688-E-GDEBA-GPBA LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 15 de Noviembre de 2017
Referencia: Rechaza solicitud agente Estela Nora Ceruzzi
VISTO el expediente Nº 2100-4204/15, por el cual la agente Estela Nora CERUZZI
solicita un reconocimiento de derechos, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/5, la agente Estela Nora CERUZZI solicita se le reconozca el derecho
a percibir un salario integrado y ajustado a la normativa
vigente, como así también que las
bonicaciones remunerativas no bonicables pasen a integrar la base de su haber normal, mensual y
habitual;
Que a fojas 8 el Departamento Liquidación de Haberes, perteneciente a la Dirección
de Contabilidad de la Secretaría General de Gobernación,
maniesta que las liquidaciones de los
sueldos de la agente CERUZZI se han realizado conforme a la legislación vigente;
Que a fojas 12/19 obran copias certicadas de los recibos de sueldo
correspondientes a los meses de febrero de 2015 a diciembre de 2016;
Que a fojas 22 Asesoría General de Gobierno opina que corresponde rechazar la
petición de la agente CERUZZI, atento que percibe
sus haberes con ajuste a la normativa vigente, y
conforme lo establecido por el artículo 144 –proemio- de la Constitución Provincial, es facultad
exclusiva
de la señora Gobernadora jar la política salarial de los agentes de la administración pública provincial;
Que la Secretaría Legal y Técnica de la Contaduría General de la Provincia (fs. 24)
y Fiscalía de Estado (fs. 26) dictaminaron en sentido
concordante, de modo que resulta pertinente dictar
el acto administrativo que rechace la petición expuesta;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de
Administración del Capital Humano, dependiente del Ministerio
de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
144 – proemio – de la Constitución de la Provincia de
Buenos Aires;
Por ello,

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