Publicaciones de la Sección Suplemento de 11 de Abril de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, MARTES 11 DE ABRIL DE 2017 Nº 28.008
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
S U P L E M E N T O D E 16 P Á G I N A S
R e s o l u c i o n e s
Resoluciones
________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 2
La Plata, 3 de enero de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-398.394/15, por el cual se gestiona la aprobación de un
Contrato de Comodato suscripto por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos
Aires y el Arzobispado de La Plata, cuyo objeto resulta ser un predio donde funciona el
“Centro de Entrenamiento Policial La Plata”, y
CONSIDERANDO:
Que el Contrato de Comodato se celebró con fecha 20 de abril de 2015, entre el
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, siendo representado en dicha
oportunidad, por el entonces Director de Centros de Entrenamiento, Comisario Mayor Jorge
BALBERREY, y por el Arzobispado de La Plata, representado por su titular Presbítero
Héctor Rubén AGUER;
Que a través de dicho instrumento el Arzobispado cede un predio ubicado en calle
5 Nº 777 ½ de la localidad de La Plata, designado catastralmente como: Circunscripción
I, Sección E, Manzana 372, Parcela IV A, Subparcelas 00-01 y 01-09 de la localidad de
La Plata, cuyo objeto material resulta ser la base operativa del “Centro de Entrenamiento
Policial La Plata”;
Que el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires se encuentra facultado
para concluir el negocio jurídico cuya aprobación se gestiona, conforme surge de la
documentación obrante en autos;
Que el plazo de vigencia del Contrato de Comodato será de cinco (5) años a partir de la
fecha de suscripción, nalizando el 20 de abril de 2020;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias Asesoría General de
Gobierno (fojas 67), Contaduría General de la Provincia (fojas 69) y Fiscalía de Estado
(fojas 72), no encontrando obstáculos para su convalidación;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
la Ley Nº 14.803 y sus modicatorias y la Ley Nº 13.482;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16, EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Contrato de Comodato de fecha 20 de abril de 2015, entre el
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y el Arzobispado de la Plata, cuyo
objeto material resulta ser un predio ubicado en calle 5 Nº 777 ½, designado catastralmente
como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 372, Parcela IV A, Subparcelas 00-01 y 01-09
de la localidad y partido de La Plata, cuyo texto como Anexo único forma parte integrante
del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º. Registrar, noticar al Fiscal de Estado, y al Arzobispado de La Plata,
comunicar, publicar y dar al Boletín Ocial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo
Ministro de Seguridad
Nota: El contrato de comodato mencionado en el artículo 1° podrá ser consultado en el
Ministerio de Seguridad.
C.C. 2.483
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 3
La Plata, 10 de enero de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-370.841/16, a través del cual se gestiona la aprobación
de un Contrato de Comodato, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de
Buenos Aires y la Municipalidad de Ensenada, y
CONSIDERANDO:
Que el aludido Contrato de Comodato se celebró el 31 de agosto de 2016 entre el
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en ese acto por el
LA PLATA, MARTES 11 DE ABRIL DE 2017 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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suscripto y la Municipalidad de Ensenada, representada por su Intendente Municipal, Mario
Carlos SECCO;
Que a través de dicho instrumento la Municipalidad entrega al Ministerio, en comodato,
diez (10) vehículos de su propiedad 0 Km, marca Fiat, modelo Siena 1.4 EL, tipo Sedan
cuatro puertas, que serán destinados a la realización de tareas de patrullaje y prevención en
el ámbito de su jurisdicción;
Que el plazo del presente comodato será de cinco (5) años, a partir de su suscripción,
pudiendo las partes renovar dicha cesión por idéntico período;
Que mediante la cláusula sexta, el Ministerio se hará cargo de la conservación de
los bienes cedidos, presentación a los services, deterioro que estos sufran por terceros y
siniestros, salvo cuando algunos de los supuestos previstos fuera producido por el accionar
del Comodante, debiendo comunicar al mismo de cualquier desperfecto que se produzca a
n de tomar las medidas necesarias para evitar su deterioro;
Que por la cláusula séptima el Municipio se hará cargo de las reparaciones,
mantenimiento, combustible y seguro obligatorio, quedando a cargo de el Ministerio la
identicación, asignación y colocación de los equipos de comunicación, traspaso de las
tarjetas de combustible de las unidades radiadas o dadas de baja a los nuevos móviles que
se le entregan o solicitar por primera vez la asignación de combustible, teniendo en cuenta
que los demás gastos corresponden por cuenta y cargo del Municipio;
Que mediante Ordenanza Nº 4.210/16, promulgada por Decreto Nº 939/16, el Honorable
Concejo Deliberante de Ensenada convalidó el aludido acuerdo cuya aprobación se propicia;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la
Provincia y Fiscalía de Estado, no encontrando obstáculos para su convalidación;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16, EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Contrato de Comodato Nº 039, de fecha 31 de agosto de 2016,
celebrado entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado
por el suscripto y la Municipalidad de Ensenada, representada por su Intendente Municipal,
Mario Antonio Secco, cuyo objeto material resultan ser diez (10) vehículos marca Fiat,
modelo Siena 1.4 EL, tipo Sedan cuatro puertas, cuyo texto forma parte integrante del
presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º. En los sucesivos actos, acuerdos, protocolos, adendas, que se suscriban
como consecuencia del instrumento cuya aprobación se propicia, deberán tomar intervención
–con carácter previo a su suscripción- los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando
corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas, los que entrarán en vigencia a partir del
dictado del pertinente acto aprobatorio.
ARTÍCULO 3º. Registrar, noticar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de Ensenada,
comunicar, publicar y dar al Boletín Ocial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo
Ministro de Seguridad
Nota: El contrato de comodato mencionado en el artículo 1° podrá ser consultado en el
Ministerio de Seguridad.
C.C. 2.484
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 16
La Plata, 23 de enero de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-223.945/14, por el cual se gestiona la aprobación de un
Contrato de Comodato suscripto por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos
Aires y el Club de Cazadores de Junín, cuyo objeto resulta ser un predio donde funciona la
“Sección del Centro de Entrenamiento Junín”, y
CONSIDERANDO:
Que el Contrato de Comodato se celebró con fecha 24 de septiembre de 2004, entre
el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, siendo representado en dicha
oportunidad, por el entonces Coordinador del Centro de Reentrenamiento Permanente
Sección Junín, Subcomisario Sergio Ariel BERARDI, y el Club de Cazadores de Junín,
representado por quien fuera su Presidente Daniel GRECO;
Que a través de dicho instrumento se cede gratuitamente un predio ubicado en Avenida
Arias Nº 1898, designado catastralmente como: Circunscripción XIV, Sección E, Chacra
7, Fracción II, Parcela 7, de la localidad de Junín, cuyo objeto material resulta ser la base
operativa de la “Sección del Centro de Entrenamiento Junín”;
Que el Club de Cazadores de Junín se encuentra facultado para concluir el negocio
jurídico cuya aprobación se gestiona, conforme surge de la documentación obrante en autos;
Que el plazo de vigencia del Contrato de Comodato será de quince (15) años a partir de
la fecha de suscripción, nalizando el 7 de julio de 2019;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias Asesoría General de
Gobierno a fojas 79, Contaduría General de la Provincia a fojas 81 y Fiscalía de Estado a
fojas 84, no encontrando obstáculos para su convalidación;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
14.853.
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16, EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Contrato de Comodato de fecha 24 de septiembre de 2004,
entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y el Club de Cazadores
de Junín, cuyo objeto material resulta ser un predio ubicado en Avenida Arias Nº 1898,
designado catastralmente como: Circunscripción XIV, Sección E, Chacra 7, Fracción
II, Parcela 7, de la localidad de Junín, cuyo texto en copia el forma parte integrante del
presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º. Registrar, noticar al Fiscal de Estado, y al Club de Cazadores de Junín,
comunicar, publicar y dar al Boletín Ocial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo
Ministro de Seguridad
Nota: El contrato de comodato mencionado en el artículo 1° podrá ser consultado en el
Ministerio de Seguridad.
C.C. 2.485
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 20
La Plata, 25 de enero de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-110.906/14 por el cual tramita la aprobación de un
Acuerdo de Implementación y Colaboración, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la
Provincia de Buenos Aires y el Instituto María Auxiliadora de Bahía Blanca, y
CONSIDERANDO:
Que el 19 de diciembre de 2014, se celebró entre el Instituto María Auxiliadora de Bahía
Blanca, representada por la Directora de Nivel Superior, Licenciada Zulema Fátima YUNIS,
y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en ese acto por
el entonces Subsecretario de Planicación, doctor Fernando JANTUS de ESTRADA, un
Acuerdo de Implementación y Colaboración, cuya nalidad consiste en promover acciones
conjuntas para la Implementación de Prácticas Profesionales Supervisadas de la carrera de
Tecnicatura de Trabajo Social;
Que por medio del aludido instrumento, las partes acuerdan la asistencia de alumnos/
as que cursen el cuarto año de la carrera de Tecnicatura Superior en Trabajo Social, a
desarrollarse en la Comisaría de la Mujer y la Familia de Bahía Blanca, para cumplir tareas
de aprendizaje y práctica profesional;
Que la cláusula Tercera del Acuerdo establece que las Prácticas Profesionales
Supervisadas se realizarán durante el segundo semestre del año, debiendo los/as
estudiantes cumplir con cuatro (4) horas semanales;
Que por la cláusula Cuarta del referido Acuerdo, el Ministerio se compromete a asignar
espacios físicos dentro de la Comisaría del a Mujer y la Familia de Bahía Blanca, destinados
al desarrollo de las actividades mencionadas con el objeto de fortalecer el conocimiento y
aprendizaje en los temas que son de incumbencia y competencia de la aludida dependencia
policial;
Que el Instituto se obligará a asumir la cobertura de seguro para los/as estudiantes,
docentes y/o de las demás personas que concurran a la realización de las prácticas
profesionales;
Que el apuntado Acuerdo se extenderá por el término de tres (3) años a partir de
su celebración, renovándose en forma automática por igual período y bajo las mismas
condiciones, salvo voluntad en contrario de algunas de las partes, debiendo ser comunicada
a la otra fehacientemente con una antelación no menor a los noventas (90) días corridos;
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 18/18 vuelta),
lo informado por Contaduría General de la Provincia (fojas 32) y la vista del Fiscal de Estado
(fojas 34), no se han formulado observaciones que impidan el presente acto aprobatorio;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
14.853;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16, EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Acuerdo de Implementación y Colaboración Nº 256 celebrado
el 19 de diciembre de 2014 entre el Instituto María Auxiliadora de Bahía Blanca, suscripto
por la Directora de Nivel Superior, Licenciada Zulema Fátima YUNIS, y el Ministerio de
Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en ese acto por el entonces
Subsecretario de Planicación, doctor Fernando JANTUS de ESTRADA, cuyo texto como
Anexo Único forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º. Registrar, noticar al Fiscal de Estado y al Instituto María Auxiliadora de
Bahía Blanca, comunicar, publicar y dar al Boletín Ocial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo
Ministro de Seguridad
Nota: El acuerdo mencionado en el artículo 1° podrá ser consultado en el Ministerio de
Seguridad.
C.C. 2.486
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 23
La Plata, 1° de febrero de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-636.536/12 con su agregado Nº 21.100-828.018/13, por
el cual tramita la aprobación de un Convenio suscripto por el Instituto Nuestra Señora del
Buen Viaje y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:

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