Publicaciones de la Sección Suplemento de 04 de Abril de 2017

Nº 28.003
AÑO CVIII/ LA PLATA, MARTES 4 DE ABRIL DE 2017
S U P L E M E N T O D E 8 PÁGINAS
D e c r e t o s y R e s o l u c i o n e s
Decretos
_________________________________________________
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto Número: DECTO-2017-13-E-GDEBA-GPBA
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 28 de Marzo de 2017.
Referencia: DECRETO CONVOCATORIA ELECCIONES 2017
VISTO el expediente N° 2200-3730/17, la Ley Nº 14.086 que establece el régimen de
selección de candidatos mediante elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultá-
neas, lo establecido en los artículos 83, 190 y 203 de la Constitución de la Provincia de
Buenos Aires, lo normado por la Ley Electoral de la Provincia Nº 5.109 (T.O. Decreto Nº
997/93) y sus modificatorias, el Estatuto de Partidos Políticos y Agrupaciones Municipales
Decreto-Ley Nº 9.889/82 y sus modificatorias; la Ley Provincial de Educación Nº 13.688,
las Leyes Nacionales Nº 15.262, Nº 19.945, Nº 26.215 y Nº 26.571 y el Decreto Nacional
Nº 1.142/2015, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Nº 5.109 y el artículo 2º de
la Ley Nº 14.086 resulta necesario convocar a elecciones generales y elecciones prima-
rias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de los candidatos a Senadores
y Diputados Provinciales, Concejales y Consejeros Escolares cuyos mandatos expiran el
10 de diciembre del corriente año;
Que teniendo en consideración la normativa vigente en materia electoral, es necesa-
rio e imprescindible determinar la clase y cantidad de cargos a elegir;
Que el Código Electoral Nacional, en su artículo 53 establece que la convocatoria a
elecciones generales de cargos nacionales se realizará el cuarto domingo de octubre
inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos;
Que la Ley Nacional Nº 15.262 dispone en su artículo 1º que las Provincias pueden
realizar sus elecciones provinciales y municipales simultáneamente con las elecciones
nacionales;
Que la Ley Nacional Nº 26.571 mediante su artículo 46 establece que las Provincias
que adopten un sistema de elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas
podrán realizarlas de manera simultánea con las elecciones primarias nacionales, previa
adhesión;
Que conforme lo previsto en el artículo 20 del mismo texto legal nacional, las eleccio-
nes primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para seleccionar candidatos a cargos
públicos electivos nacionales deberán celebrarse el segundo domingo de agosto del año
en que se celebren las elecciones generales;
Que en esta instancia deviene necesario y conveniente adherir al régimen de simulta-
neidad de elecciones primarias y generales nacionales y provinciales para el momento en
que se dicte la convocatoria nacional;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
144 inciso 7º y concordantes de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Convocar al electorado de la Provincia de Buenos Aires para el día 22
de octubre de 2017 a efectos que se proceda a la elección de:
1. Veintitrés (23) Senadores Provinciales Titulares y quince (15) Suplentes; cuarenta y seis
(46) Diputados Provinciales Titulares y veintiocho (28) Suplentes, de acuerdo al siguiente
detalle:
1.1. Sección Capital: Seis (6) Diputados Titulares y cuatro (4) Suplentes
1.2. Sección Primera: Ocho (8) Senadores Titulares y cinco (5) suplentes
1.3. Sección Segunda: Once (11) Diputados Titulares y ocho (8) suplentes.
1.4. Sección Tercera: Dieciocho (18) Diputados Titulares y ocho (8) suplentes
1.5. Sección Cuarta: Siete (7) Senadores Titulares y cuatro (4) suplentes.
1.6. Sección Quinta: Cinco (5) Senadores titulares y tres (3) suplentes.
1.7. Sección Sexta: Once (11) Diputados Titulares y ocho (8) suplentes.
1.8. Sección Séptima: Tres (3) Senadores Titulares y tres (3) Suplentes.
2. Un mil noventa y siete (1097) Concejales Titulares y setecientos seis (706) Suplentes, de
acuerdo al siguiente detalle:
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S

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