Publicaciones de la Sección Oficial de 30 de Noviembre de 2021

AÑO CXII - Nº 29149 La Plata, martes 30 de noviemb re de 2021.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
·2021 Año de la Salud y del Personal Sanitario ·
Decreto Nº 3/2021
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SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
DECRETOS pág. 33
RESOLUCIONES pág. 44
RESOLUCIONES
FIRMA CONJUNTA pág. 1717
DISPOSICIONES pág. 2121
LICITACIONES pág. 3636
COLEGIACIONES pág. 6262
TRANSFERENCIAS pág. 6363
CONVOCATORIAS pág. 6464
SOCIEDADES pág. 7272
VARIOS pág. 8989
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > martes 30 de noviembre de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 1080/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 26 de Noviembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-03022936-GDEBA-DPSYCTIPS por el cual se propicia aprobar el Convenio Marco de
Cooperación celebrado entre el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) y l a Confederación
General del Trabajo Regional Mar del Plata - Batán, la Central de Trabajadores de la Argentina - Autónoma de Mar del
Plata y la Central de Trabajadores de la República Argen tina, Regional Mar del Plata, y
CONSIDERANDO:
Que confo rme el artí culo 1° de la Ley Nº 8587 el Instituto de Previsión Social de la Provinc ia de Bue nos Aires, actuará
como persona jurídica de derecho público, y por el artícul o 9º de esa norma se dispone que son “funciones del Presidente:
a) Ejercer la representación leg al del Instituto; b) Aplicar la presente Ley y demás disposiciones relacionadas con el
régimen de previsión social; c) Ejecutar los acuerdos y reso luciones del Directorio”;
Que, mediante el Convenio Marco de Cooperación suscripto en fecha 15 de enero de 2021, las partes se comprometen a
efectuar de manera conjunta aportes e intercambios en el área de formación, investigación, extensión en materia docente
y/o prev isional, como así también en cualquier otra actividad específica que resulte de interés común para el desarrollo
potencial de las instituciones firmantes;
Que, asimismo, a través de la ejecución del Convenio Marco las partes manifiestan su interés en fortalecer las relaciones
de cooperación interinstitucional en las áreas de capacitació n a través de la concreción de objetivos mediante la suscripción
de acuerdos específicos;
Que se ha expedido la Subsecretaría Técnica Administrati va y Legal del Ministerio de Trabajo;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría
General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio Marco de Cooperación suscripto el 15 de enero de 2021 entre el Instituto de Previsión
Social de la Provincia de Buenos Aires y la Confederación General del Trabajo Regional Mar del Plata - Batán, la Central de
Trabajadores de la Argentina - Autónoma de Mar del Plata y la Central de Trabajadores de la República Argentina,
Regional Mar del Plata, que como Anexo Único (IF-2021 -03185714-GDEBA-IPS), forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2°. Establecer que e n los sucesivos instrumentos que se suscriban como consecuencia del convenio que se
aprueba por el presente, deberán toma r intervención -con carácter previo a su suscripción y aprobación- los Organismos de
Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por las/os Ministras/o s Secretarias/os en los Departamentos de Trabajo
y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Regist rar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Bo letín Oficial y al SINDMA. Cumplido,
archivar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > martes 30 de noviembre de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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