Publicaciones de la Sección Oficial de 30 de Agosto de 2021
AÑO CXII - Nº 29086 La Plata, lunes 30 de agosto de 2021.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
Subsecretario Legal y Técnico Dr. Esteban Ta glianetti
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
· 2021 Año de la Salud y del Personal Sanitario ·
Decreto Nº 3/2021
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
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SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
LEYES pág. 33
RESOLUCIONES pág. 66
DISPOSICIONES pág. 5252
INSTITUTO DE
PREVISIÓN
SOCIAL
pág. 5858
HONORABLE
TRIBUNAL DE
CUENTAS
pág. 7373
LICITACIONES pág. 8484
COLEGIACIONES pág. 102102
TRANSFERENCIAS pág. 103103
CONVOCATORIAS pág. 104104
SOCIEDADES pág. 108108
SOCIEDADES POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
pág. 116116
VARIOS pág. 117117
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 30 de agosto de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
◢ LEYES
LEY N° 15.299
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia d e Buenos Aires
sancionan con fuerza de Ley
Art 1°: Declárase com o bien incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, en los
términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias, el Monumento de la Bandera Bonaerense Ley 14.290, construido sobre 1
manzana designada catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 103, superficie 7000 m2; en el Partido
121 Capitán Sarmiento.
ARTÍCULO 2°: A utorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines de
designar personal idóneo para el cuidado, mantenimiento y administración del edificio y p redio mencionado en el Artículo
1° de la presente Ley.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los
once días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.
Sr. Federico Otermin, Presidente Honorable Cámara de Diputados; Sra. Veronica Magario, Preside nta Honorable
Senado; Dr. Mauricio Barrientos, Secretario Legislativo Honora ble Cámara de Diputados; Sr. Miguel Ángel Bampini, Pro
Secretario Legislativo Honorable Senado.
D-456-20-21
REGISTRADA bajo el número QUINCE MIL DOSCIE NTOS NOVENTA Y NUEVE (15.299).
La Plata, 30 de agosto de 2021.
Lic. Facundo E. Aravena, Director de Registro Oficial, Subsecretaría Legal y Técnica
LEY N° 15.300
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia d e Buenos Aires
sancionan con fuerza de Ley
Art 1°: Institúyese el 28 de julio de cada año como Día Provi ncial de las Hepatitis Virales.
ARTÍCULO 2°: Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar cam pañas, jornadas y/o talleres de prevenc ión sobre esta silenciosa
enfermedad.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los
once días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.
Sr. Federico Otermin, Presidente Honorable Cámara de Diputados; Sra. Veronica Magario, Presidenta Honorable
Senado; Dr. Mauricio Barrientos, Secretario Legislativo Honora ble Cámara de Diputados; Sr. Miguel Ángel Bampini, Pro
Secretario Legislativo Honorable Senado.
D-2776-20-21
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 30 de agosto de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 3
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