Publicaciones de la Sección Oficial de 29 de Marzo de 2017
A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de GobiernoDr.Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín OficialLic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín OficialDra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
:
7 6!
Edición de 40 páginas
y Suplemento de 48 páginas de Varios
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Decretos----------------------------------------------------------------- 2138
Resoluciones----------------------------------------------------------------- 2138
Compras (Ley N° 14.815)-----------------------------------------------------------------2143
Licitaciones----------------------------------------------------------------- 2143
Varios----------------------------------------------------------------- 2150
Transferencias----------------------------------------------------------------- 2151
Convocatorias----------------------------------------------------------------- 2152
Colegiaciones----------------------------------------------------------------- 2155
Sociedades----------------------------------------------------------------- 2156
SECCIóN JUDICIAL
Remates----------------------------------------------------------------- 2157
Varios----------------------------------------------------------------- 2158
Sucesorios----------------------------------------------------------------- 2171
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscriptos
en la Suprema Corte de Justicia-----------------------------------------------------------------2175
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LA PLATA, MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2017
PÁGINA ;5 PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN
DECRETO 1.912
La Plata, 5 de diciembre de 2016.
Expediente Nº 22400-28875/15
Reubicación del agente Leandro Martín Paraja en un cargo del Agrupamiento
Personal Profesional, a partir de la fecha de notificación del pertinente acto administrati-
vo, en la Dirección Provincial de Minería dependiente de la Subsecretaría de Industria,
Comercio y Minería.
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________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS
Resolución N° 309
La Plata, 22 de marzo de 2017.
POR 3 DÍAS - VISTO el expediente N° 2400-3354/17del Ministerio de Infraestructura
y Servicios Públicos mediante el cual se propicia convocar a Audiencia Pública y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.495 de fecha 25 de noviembre de 2016 se aprobó el
Acta Acuerdo de Renegociación y sus Anexos suscripta entre AUTOVIA DEL MAR S.A. y
este Ministerio con fecha 8 de noviembre de 2016;
Que dicha renegociación fue efectuada en el marco de lo previsto por la Ley N°
14.812 e implicó la restitución al Concedente de todo lo referido a los derechos y obliga-
ciones concernientes a la explotación, operación y mantenimiento del Sistema Vial
Integrado del Atlántico;
Que conforme lo previsto en el artículo 3° del Decreto mencionado se determinó que
“Autopistas de Buenos Aires S.A.-AUBASA” asuma la operación, mantenimiento y explo-
tación del precitado Corredor para garantizar la continuidad del servicio y velar por el res-
guardo y seguridad de los usuarios a partir de la fecha de Toma de Posesión que se for-
malizó el día 1° de diciembre del año 2016 a las 00:00 horas, según lo indicado en la
Resolución N° 1.040/16 de este Ministerio;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del precitado Decreto se enco-
mendó a este Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos para que en un plazo de
treinta (30) días corridos eleve una propuesta de Contrato de Concesión y sus Anexos que
contemple los alcances de la prestación y la sustentabilidad de la misma en el largo plazo,
incluyendo en el régimen de inversiones las obras necesarias para asegurar la transitabi-
lidad de la traza de todo el Sistema Vial y la tarifa correspondiente;
Que en función de ello se elaboró la documentación cumpliendo dichos fines y con lo
dispuesto en el Decreto Ley N° 9.254/79 propiciándose de esa manera, la aprobación del
Contrato de Concesión con sus respectivos Anexos, la cual rige la relación jurídica entre
el Concedente y el Concesionario;
Que, en consecuencia, mediante el Decreto N° 3/17 se aprobó la precitada docu-
mentación que tiene por objeto otorgar bajo la modalidad de concesión de obra pública
la construcción, conservación y explotación mediante el cobro de tarifas o peaje a AUBA-
SA, el SISTEMA VIAL INTEGRADO DEL ATLÁNTICO;
Que mediante la Resolución N° 78/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos se procedió a aprobar el Contrato de Concesión de Obra Pública y sus Anexos
suscripto entre este Ministerio y la empresa concesionaria AUTOPISTAS DE BUENOS
AIRES S.A. –AUBASA con fecha 16 de enero del corriente año;
Que por ese mismo acto, este Ministerio como Autoridad de Aplicación aprobó los
valores tarifarios de peaje a aplicar por el Concesionario AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES
S.A. –AUBASA en el SISTEMA VIAL INTEGRADO DEL ATLÁNTICO, a partir de la 0 hora del
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, en función de los valores determi-
nados en el Plan Económico Financiero incluido como Anexo D del citado contrato;
Que el marco contractual aplicable a las concesiones viales en el ámbito de la provincia no
instituye la obligatoriedad del procedimiento de Audiencia Pública previo a resolver los valores
de los cuadros tarifarios que aplican las concesionarias en el ámbito de sus concesiones;
Que por otra parte, las instancias de participación de los interesados en el proceso de
decisión administrativa, el libre acceso a la información y a los actos de gobierno se
encontraron ampliamente garantizados;
Que no obstante ello, la Audiencia Pública es un mecanismo de participación y con-
sulta de la ciudadanía a la que puede recurrir el Estado para la toma de decisiones en
diversas materias de trascendencia pública;
Que, en virtud de lo expuesto se estima conveniente convocar a Audiencia Pública y
llevar adelante el procedimiento a través del cual se informarán los fundamentos técnicos,
económicos, financieros y jurídicos que determinaron los valores de los cuadros tarifarios
que debe aplicar “Autopistas de Buenos Aires S.A.- AUBASA” en la Autopista Buenos
Aires – La Plata y en el Sistema Vial Integrado del Atlántico;
Que la Ley N° 13.569 establece el procedimiento que deberá observarse en la reali-
zación de las audiencias públicas convocadas por el Poder Ejecutivo o el Poder
Legislativo de la Provincia de Buenos Aires;
Que la convocatoria y realización de esta audiencia pública tenderá a que todos los
usuarios viales puedan participar y ser debidamente informados de manera adecuada y
veraz de los valores de los cuadros tarifarios aprobados porlas Resoluciones de este
Ministerio N° 78/17 y Nº 79/17 modificada por la Nº 82/17, conforme a las mandas cons-
titucionales y del derecho consumerista;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de
la Ley N° 13.569;
Por ello
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Convocar a los usuarios del SISTEMA VIAL INTEGRADO DEL ATLANTI-
CO sujetos al contrato de concesión aprobado por el Decreto Nº 3/17, a la Audiencia Pública
a celebrarse el día 10 de mayo de 2017 a las 10 horas, en el salón de actos del Colegio de
Abogados de La Plata, sito en Calle 13 Nº 821 entre 48 y 49 de la Ciudad de La Plata.
ARTÍCULO 2º. Convocar a la Unidad de Análisis Regulatorio de Concesiones Viales y
a la Subgerencia Concesiones de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires,
para que exponga los fundamentos técnicos, económicos, financieros y jurídicos que die-
ran sustento a los valores incluidos en los cuadros tarifarios aprobados por las
Resoluciones de este Ministerio Nº 78/17.
ARTÍCULO 3º. Convocar para su debida participación a la Concesionaria “Autopistas
de Buenos Aires S.A.- AUBASA”.
ARTÍCULO 4º. El procedimiento para la celebración y desarrollo de la audiencia públi-
ca convocada por el artículo 1°, así como el formulario de inscripción a la misma, se regirá
por lo dispuesto en el Anexo I y Anexo II respectivamente, que forman parte integrante de
la presente.
ARTÍCULO 5º. La Audiencia Pública será presidida por el Señor Subsecretario de Obras
Publicas Cdor. Ariel Fernando Salvador o por el funcionario que éste designe a tal efecto.
ARTÍCULO 6º. Los gastos que demande la implementación de la presente serán aten-
didos con cargo a los recursos de la Unidad de Análisis Regulatorio de Concesiones
Viales, existentes en la subcuenta fiduciaria abierta en el Banco de la Provincia de Buenos
Aires, Cuenta Corriente Nº 55467/9 - CUIT 30-71193354-5 administrada por BAPRO
Mandatos y Negocios S.A, específicamente los percibidos en concepto de tasa de fisca-
lización en virtud de las previsiones del artículo 8.4 del contrato de concesión aprobado
por el Decreto Nº 909/13.
ARTÍCULO 7º. La vista de las actuaciones, la inscripción de los participantes y la pre-
sentación de documentación relacionada con el objeto de la audiencia se llevará a cabo
en la sede de la Unidad de Análisis Regulatorio de Concesiones Viales sito en calle 57 N°
632 Piso 1° Oficinas “A” y “B” de la ciudad de La Plata.
ARTÍCULO 8º. Registrar. Publicar por TRES (3) días consecutivos en el Boletín Oficial,
en la página “web” del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en la página
“web” de la empresa concesionaria “Autopistas de Buenos Aires S.A. - AUBASA” y en los
Diarios El DIA de la ciudad de La Plata, La Capital de la ciudad de Mar del Plata, y La
NACION de circulación Nacional. Dar al SINBA. Cumplido, archivar.
ANEXO I
PROCEDIMIENTO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA
ARTÍCULO 1°. OBJETO. El objeto del presente es regular el mecanismo de participación
ciudadana en la audiencia pública convocada por el Ministerio de Infraestructura y
Servicios Públicos para informar los fundamentos técnicos, económicos, financieros y
jurídicos de los valores incluidos en los cuadros tarifarios que debe aplicar “Autopistas
de Buenos Aires S.A.-AUBASA”, aprobados por Resolución de este Ministerio N° 78/17.
NOTA: El contenido de la publicación de los decretos extractados, es trans-
cripción literal del instrumento recibido oportunamente de cada Jurisdicción,
conformeCircular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones dispuestas por nota del
19/10/12 de la Dirección Provincial de Coor dinación Insti tucional y
Planificación de la Secretaría Legal y Técnica.
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