Publicaciones de la Sección Oficial de 29 de Agosto de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
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de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
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del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
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Sra. Directora de Impresiones
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.854
AÑO CVII/ LA PLATA, LUNES 29 DE AGOSTO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
y Suplementos de 8 páginas de Balances
y 8 páginas de Compras (Ley N° 14.815) y Sociedades
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Municipalidades ----------------------------------------------------------------- 6698
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 6698
Varios ----------------------------------------------------------------- 6707
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 6711
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 6713
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 6715
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 6717
Varios ----------------------------------------------------------------- 6717
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 6732
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 6735
Sección Oficial
LA PLATA, LUNES 29 DE AGOSTO DE 2016
PÁGINA 6698 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Municipalidades
________________________________________________
MUNICIPALIDAD DE EZEIZA
H. CONCEJO DELIBERANTE
Ordenanza N° 3801/CD/2016
Ezeiza, 5 de julio de 2016.
POR 2 DÍAS – VISTO el Expte. 100/CD/16 iniciado por el Bloque Frente Renovador,
Proyecto de Ordenanza, Adhesión a la Ley Nacional Nº 27.218, Régimen Tarifario
Específico de Servicios Públicos para Entidades de Bien Público; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional Nº 27.218 establece un Régimen Tarifario Específico de Servicios
Públicos para las Entidades de Bien Público.
Que las Entidades de bien Público en General y en particular las iniciativas barriales
vinculadas al desarrollo de actividades esenciales para la contención y promoción de los
segmentos más vulnerables de nuestras comunidades como Comedores, Merenderos,
Bibliotecas Populares, Clubes de Barrio, Centros de Jubilados, Sociedades de Fomento
y espacios de apoyo escolar, entre otras, cumplen un rol fundamental en permitir al ser
en sí mismo dignificarse y culturizarse.
Que la función social que desarrollan todos los nombrados ut-supra es única e irrem-
plazable y va de la mano con toda política de inclusión que lleve adelante el Gobierno
Nacional, Provincial y Municipal, debiendo además tener en cuenta que el resultado de su
labor genera Bien Común a la comunidad toda de nuestro querido Ezeiza.
Que en Ezeiza son 429 Entidades de Bien Público con presencia activa en la comunidad.
Que el Ejecutivo Nacional está llevando adelante políticas tarifarias, con incrementos
más que significativos, incrementando enormemente el costo de los Servicios Públicos y
por ende poniendo en riesgo la subsistencia institucional de estas instituciones que tanto
ayudan al vecino de Ezeiza.
Que es nuestro deber como Concejo Deliberante y como vecinos, brindar conten-
ción, protección y garantizar la subsistencia de las mismas, porque ello lleva consigo
mismo proteger al vecino y no incrementar ya sea por acción u omisión la brecha de desi-
gualdad en nuestra sociedad entre los que más tienen y los que de cerrarse estas
Entidades quedarían en desamparo.
Que en tal sentido la Ley Nacional Nº 27.218 “REGIMEN TARIFARIO ESPECÍFICO
PARA ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO”, en su Art. 26 invita a los Estados Provinciales, al
gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a las MUNICIPALIDADES de todo el
país a adherir a la presente Ley, eximiendo de las tasas e impuestos correspondientes a
su jurisdicción. En los casos donde se cuente con regímenes tarifarios al previsto en la
presente Ley, se invita a trabajar en coordinación para la implementación de regímenes
equivalentes. La Autoridad de Aplicación suscribirá con las autorizaciones provinciales y
municipales los convenios que colaboren con la aplicación del presente régimen.
Que, en la Sesión del día de la fecha, al pasar el Honorable Cuerpo a tratar las pre-
sentes actuaciones, éstas fueron aprobadas por el voto unánime de los Señores
Concejales presentes en la misma.
Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente, ORDENANZA:
Artículo Nº 1: Adhiérase la Municipalidad de Ezeiza, a la Ley Nacional 27.218/2015
mediante la cual se establece un Régimen Tarifario Específico de Servicios Públicos para
Entidades de Bien Público.
Artículo Nº 2: Créase en el área correspondiente al Departamento Ejecutivo, el regis-
tro y actualización de las Entidades de Bien Público, a los fines de la implementación de
la Ley 27.218/2015.
Artículo Nº 3: Facúltese a la Dirección de Entidades a fin cumpla con la función de
asesorar y asistir a las Entidades de Bien Público que lo requieran con el fin de verse
alcanzados por los beneficios previstos por la Ley 27.218/2015.
Artículo Nº 4: Instrúyase al área correspondiente del Departamento Ejecutivo, a pre-
sentar por ante las prestadoras de los Servicios Públicos nómina actualizada de acuerdo
art. 2º de esta Ordenanza.
Artículo Nº 5: Requerir al área correspondiente del Departamento Ejecutivo articule
acciones en lo inmediato con el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad
(CENOC) , con el Registro Nacional de Espacios de Primera Infancia, (RENEP), depen-
diente de la Comisión de Promoción y Asistencia de los Centros de Desarrollo Infantil
Comunitarios, con la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF),
con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, con el Registro Provincial de las
Organizaciones de la Comunidad, (REPOC), dependiente del Ministerio de Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires, con el Registro Único de Organizaciones (RUO), dependiente
de la Subsecretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia
de Buenos Aires, con el Registro Unificado de Niñez y Adolescencia de la Secretaría de
la Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos
Aires, a los fines de acceder con una frecuencia anual a las bases de datos que conten-
gan registradas a las organizaciones con domicilio y actuación en el Distrito de Ezeiza.
Artículo Nº 6: Notifíquese de la presente Ordenanza todas las Entidades de Bien
Público existentes en el Distrito de Ezeiza.
Artículo Nº 7: Notifíquese de la presente Ordenanza a todas las prestadoras de servi-
cios públicos dentro del ámbito del partido de Ezeiza.
Artículo Nº 8: Realícese publicación en periódico local y Boletín Oficial de la presente
Ordenanza.
Artículo Nº 9: Deróguese toda disposición que se oponga a la presente. Elévese al
Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos. Comuníquese a quien
corresponda, Promulgada, Publíquese e insértese en el libro de actas del Honorable
Concejo Deliberante bajo el Nº 3801 /CD/2016. Dado en la Sala de Sesiones a los cinco
días del mes de julio del dos mil dieciséis
Elsa E. Gianino Fernando Amarilla Ballestero
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Ezeiza Ezeiza
MUNICIPALIDAD DE EZEIZA
José María Ezeiza
VISTO el presente expediente Nº 100/CD/2016, y
CONSIDERANDO
Que el Ho norable Concej o Del iberante, ha s ancionado la Or denanza
3.801/CD/2016
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, DECRETA:
Artículo 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 3.801/CD/2016, por la cual se adhiere el
Municipio de Ezeiza a la Ley Nacional Nº 27.218/15, mediante la cual se establece un
Régimen Tarifario Específico de Servicios Públicos para Entidades de Bien Público,
dictándose normas al respecto.
Artículo 2º: Regístrese. Publíquese. Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante
con copia del presente. Tomen conocimiento Jefatura de Gabinete y la Secretaría Legal y
Técnica. Hecho, remítase a Secretaría de Gobierno, a los fines de tomar la intervención
que le compete.-
C.C. 11.463 / ago. 29 v. ago. 30
Licitaciones
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FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL
DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA
Licitación Pública N° 10/16
POR 15 DÍAS - Objeto: "Reparaciones varias grupo técnico 1 y hangar apoyo terres-
tre - I Brigada Aérea Palomar"
Apertura: Martes 13 de septiembre de 2016 - 10:00 horas.
Presupuesto Oficial: $ 2.059.090.
Plazo de ejecución: 60 días corridos.
Pliego: Sin Costo.
Lugar de la apertura: Dirección de Infraestructura - Av. Rosales 597, Esquina
Carosella, El Palomar, Provincia de Buenos Aires - Te.: 4751 - 9568.
Retiro de Pliegos: Hasta el lunes 5 de septiembre de 2016 a las 13:00 hs.
Consultas: Hasta miércoles 7 de septiembre de 2016 a las 13:00 horas.
Lugar: Dirección de Infraestructura - Departamento Obtención y Contrataciones - de
9:00 a 13:00 horas.
Consulta en internet: www.argentinacompra.gov.ar
C.C. 10.572 / ago. 8 v. ago. 29
República Argentina
MINISTERIO DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Licitación Pública Internacional N° 14/16
POR 15 DÍAS - La Dirección Nacional de Vialidad llama a Licitación Pública
Internacional la siguiente Obra:
Autopista Ruta Nacional N° 7, Tramo: S. A. Giles - Junín, Sección: Variante de
Chacabuco (Km. 196 - Km. 219), Provincia de Buenos Aires.
Tipo de obra: Traza nueva, obras de arte menores y ampliaciones de obras de arte
existentes, construcción de Distribuidores (5), demarcación horizontal, señalización verti-
cal e iluminación de los intercambiadores mencionados.

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