Publicaciones de la Sección Oficial de 28/09/2022

AÑO CXIII - Nº 29354 La Plata, miércoles 28 de septie mbre de 2022.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 16
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 64
DISPOSICIONES 73
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 77
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 106
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 108
JUNTA ELECTORAL 120
LICITACIONES 121
COLEGIACIONES 147
TRANSFERENCIAS 147
CONVOCATORIAS 149
SOCIEDADES 158
VARIOS 172
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 28 de septiembre de 2022
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1333/2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 22 de Septiembre de 2022
VIST O el expediente EX-2022-22490791-GDEBA-DPEGSFFMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se propicia
auspiciar el “8º Congreso Argentino de Pediatría General A mbulatoria”, y
CONSIDERANDO:
Que la Sociedad Argentina de Pediatría solicita el auspicio al “8º Congreso Argentino de Pediatría Gen eral Ambulatoria”,
evento que tendrá lugar los días 2, 3 y 4 de noviembre de 2022 en el "NH Gran Hotel Provincial" de la ciudad de Mar del
Plata;
Que dicho evento, que espera contar con la presencia de cinco mil (5. 000) profesionales de todo el país, tiene co mo
objetivos co ntribuir a la formación de pediatras, a su cap acitación y educación continua, y a abrir un espacio de debate
sobre las condiciones desfavorables del ejercicio profesional, promoviendo cambios para el cuidad o y la calidad de vida del
personal de salud;
Que, entre otros , se desarrollarán temas tales como políticas de cuidados; crianza y familia; promoción y prevención de la
salud; crecimiento, desarrollo y salud mental; ambiente, territorio y salud; género y diversidad; interculturalidad; ejercicio
profesional y educación continua; nuevas tecnologías de la i nformación y comunicación y telemedicina;
Que el artículo el Decreto N° 2590/94 regula toda gestión tendiente a lograr el auspicio o la declaración de interés
provincial, en ocasión de actos o acontecimientos de naturaleza política, económica, científica, ambiental, cultural y
deportiva que se celebren en el territorio de la Provincia;
Que, a su v ez, el mencionado decreto, en su artículo 4°, determina que cuando el acto o acontecimiento promovido se
celebre en la Provincia y tenga relevancia nacional o internacional, o conlleve la participación de o rganismos o entidades
nacionales o internacionales, co rresponderá al Poder Ejecutivo la declaración respectiva, previa intervención de los
Organismos Provinciales con competencia en la materia de que se trata, los cuales se expedirán sobre la procedencia de la
petición;
Que el “8º Congreso Argentino de Pediatría General Ambulatoria” es un evento que se celebrará en la Provincia y tendrá
relevancia nacional;
Que el auspicio que por el presente se gestiona no significa rá compromiso de gasto alguno a cargo de la Provincia;
Que se han expe dido favorablemente la Dirección Provincial Escuela de Gobierno en Salud “Floreal Fer rara”, la
Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y Fiscalización y la Subsecretaría Técnica,
Administrativa y Legal, todas dependencias del Ministerio d e Salud;
Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 2590/94 y modificatori o, y por el
artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia d e Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Auspiciar el “8º Congreso Argentino de Pediatría General Ambulatoria”, evento que ten drá lugar los días 2, 3
y 4 de noviembre de 2022 en el "NH Gran Hotel Provincia l" de la ciudad de Mar del Plata.
ARTÍCULO 2º. Establecer que el auspicio provincial dispuesto en el artículo 1º del presente no significará compromiso de
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La Plata > miércoles 28 de septiembre de 2022
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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